En sesión que tuvo lugar el 25 de junio de 2025, el tribunal calificador del proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de facultativos, especialidad de medicina (DOG núm. 37, de 24 de febrero),
ACORDÓ:
Primero. Concluida la corrección, superaron el segundo ejercicio trece (13) personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de 25 puntos, de conformidad con la base II.1.1.2 de la convocatoria.
Segundo. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes que realizaron el primer ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo facultativo superior de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A1, escala de facultativos, especialidad de medicina, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, los aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Cuarto. De conformidad con la base II.1.1.3, respecto al tercer ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10 días) hábiles contados de ese el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia del presente acuerdo, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio) modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya haya acreditado la posesión del Celga requerido y así conste en el listado de personas aspirantes publicada, junto con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 25 de junio de 2025
María Jesús García Blanco
Presidenta del tribunal
