Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que se describe a continuación, tal y como se recogen en el proyecto firmado el día 2.5.2025 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Denominación: modificado 1 de LMTA y LMTS cierre RUA807-RUA806 en el polígono As Pedreiras.
Situación: polígono As Pedreiras, ayuntamiento de A Rúa.
Presupuesto: 34.761,78 €.
Características técnicas:
• Sustitución de las celdas compactas existentes 2L1P en el CT parque industrial Rúa-32CGG7 por un nuevo bloque de celdas compactas 2L1P 1TM 1TC GSM/GPRS/FO 1TG a instalar en la misma ubicación que las existentes.
• LMTS, a 20 kV, de 560 m de longitud, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1X240 mm² Al, con origen en la celda de línea libre del CT parque industrial Rúa-32CGG7 y final en el paso A/S a realizar en el apoyo núm. 5-A7 de la LMTA RUA806.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), este departamento territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 25 de junio de 2025
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
