BDNS (Identif.): 851487.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/851487
Primero. Personas beneficiarias
Podrá concurrir a esta convocatoria el alumnado matriculado en centros públicos de esta comunidad autónoma y, en caso de centros privados, el alumnado matriculado en enseñanzas concertadas con la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, que realice prácticas en empresas o entidades colaboradoras, entre septiembre de 2024 y diciembre de 2025, en el marco de un ciclo formativo de grado básico, grado medio o grado superior de formación profesional, cursos de especialización de formación profesional, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanzas deportivas de régimen especial y programas formativos.
Segundo. Objeto
Establecer las bases y convocar el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas económicas para la realización de la formación en empresa establecida para las enseñanzas incluidas en el sistema educativo de formación profesional.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 6 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases y se convocan las ayudas económicas para el alumnado que realiza la formación en empresa establecida para las enseñanzas incluidas en el sistema educativo de formación profesional.
Cuarto. Importe
El importe total de las ayudas económicas se efectuará con cargo al concepto presupuestario 07.04.422M.480.0 dentro del ejercicio presupuestario del año 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, hasta un importe máximo de 1.075.510 € (un millón setenta y cinco mil quinientos diez euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Se convocan dos períodos de presentación de solicitudes:
1. El primer plazo será desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia hasta el 10 de septiembre de 2025, para el alumnado que haya realizado la FCT en los períodos de octubre de 2024-marzo de 2025 y en los períodos de enero-junio, enero-marzo y abril-junio de 2025.
Se acogerá a este primer plazo el alumnado matriculado en enseñanzas de FP dual, en régimen general o intensivo, que realice su período formativo en empresa hasta el 31 de agosto de 2025.
2. El segundo plazo será el comprendido entre el 14 de octubre y el 14 de noviembre de 2025, para el alumnado que le corresponda realizar la FCT en el período de septiembre-diciembre de 2025.
Se acogerá a este segundo plazo el alumnado matriculado en enseñanzas de FP dual, en régimen general o intensivo, que realice su período formativo en la empresa en el período de septiembre-diciembre de 2025.
Santiago de Compostela, 6 de agosto de 2025
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional
