DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Miércoles, 20 de agosto de 2025 Pág. 45276

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

EXTRACTO de la Orden de 28 de julio de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para proyectos de salud pública en el campo del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) realizados en Galicia por entidades privadas sin ánimo de lucro (código de procedimiento SA645A).

BDNS (Identif.): 852238.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley general de subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/852238

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán solicitar y ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que presenten un único proyecto y que cumplan con el objeto y normas de esta orden, siempre y cuando no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia que imposibilitan obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar en el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a proyectos de salud pública, relacionados con la infección por el VIH, el sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS), que realicen en Galicia entidades privadas sin ánimo de lucro a lo largo del período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2028.

El código del procedimiento regulado a través de esta orden es el SA645A.

Los proyectos subvencionados deben desarrollar sus actividades un mínimo de 3 meses en el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025, un mínimo de 6 meses entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, un mínimo de 6 meses entre el 1 de enero de 2027 y el 31 de diciembre de 2027, junto con un mínimo de 3 meses entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2028.

Como máximo, se subvencionarán los 12 proyectos que resulten más valorados, en función de los criterios de valoración establecidos en el artículo 15.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 28 de julio de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para proyectos de salud pública en el campo del VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) realizados en Galicia por entidades privadas sin ánimo de lucro (código de procedimiento SA645A).

Cuarto. Cuantía

Para la financiación de estas ayudas se prevé un crédito de novecientos noventa mil cuatrocientos veintiséis euros (990.426,00 €), distribuidos en las siguientes anualidades:

a) Año 2025 (2º semestre): 250.589,00 €.

b) Año 2026: 295.935,00 €.

c) Año 2027: 295.935,00 €.

d) Año 2028 (1er semestre): 147.967,00 €.

El presupuesto previsto para el 2025 se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.413A.481.2, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para ese año.

La efectividad de la asignación a los proyectos seleccionados de los importes de las subvenciones para los años 2026, 2027 y 2028 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para esos años.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Sexto. Otros datos

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2025

Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad