La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 25 de junio de 2025, resolución del recurso potestativo de reposición recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística PON/409/2016-RP1.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a la persona interesada con DNI 36003898C mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, lo que se notifica a la persona interesada dicha resolución mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, lo que se comunica a la persona interesada que el texto íntegro de las resoluciones que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, la persona interesada puede interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste, y sirva de notificación a la persona interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.
Santiago de Compostela, 13 de agosto de 2025
La directora de la Agencia de Protección da Legalidad Urbanística
P.S. (Artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo)
Olalla Flores Fernández
Subdirectora general de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística
