Advertidos errores en dicha orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 166, de 30 de agosto de 2025, procede realizar las siguientes correcciones:
En la página 47380, en el primer párrafo, donde dice:
«2. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y no estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en su artículo 10».
Debe decir:
«2. De conformidad con lo establecido en el artículo 3.3 del Decreto 76/2025, de 29 de agosto, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de los daños causados por los incendios que afectan a Galicia durante el verano de 2025, y teniendo en cuenta la naturaleza de estas ayudas, que se conceden por razón de la existencia de una emergencia excepcional y por razones de interés público, social y humanitario, se exceptúa a las personas beneficiarias de las ayudas del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 10 y 28.9 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia».
En las páginas 47381 y 47382, en el Artículo 6. Solicitudes, donde dice:
«c) Declaración de no estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni en ninguna de las situaciones previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.
d) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendientes de pago deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
e) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
f) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y al artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
g) Declaración responsable de contar con la plena disponibilidad sobre los terrenos y/o infraestructuras e instalaciones donde se pretenden realizar las actuaciones objeto de subvención.
h) Las superficies del tecor que fueron afectadas por los incendios».
Debe decir:
«c) Declaración responsable de contar con la plena disponibilidad sobre los terrenos y/o infraestructuras e instalaciones donde se pretenden realizar las actuaciones objeto de subvención.
d) Las superficies del tecor que fueron afectadas por los incendios (ha)».
En la página 47385, donde dice:
«e) Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
f) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
g) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
g) Consulta de concesión de subvenciones o ayudas.
h) Consulta de inhabilitaciones para la obtención de subvenciones y ayudas».
Debe decir:
«e) Consulta de concesión de subvenciones o ayudas».
En la página 47395, en el ANEXO I (continuación), donde dice:
«3. No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. No estar incursa en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendientes de pago deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
6. Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
7. Que la entidad solicitante tiene la plena disponibilidad sobre los terrenos y/o infraestructuras e instalaciones donde se pretenden realizar las actuaciones.
8. Que fueron afectadas por los incendios las siguientes superficies del tecor (ha):»
Debe decir:
«3. Que la entidad solicitante tiene la plena disponibilidad sobre los terrenos y/o infraestructuras e instalaciones donde se pretenden realizar las actuaciones.
4. Que fueron afectadas por los incendios las siguientes superficies del tecor (ha):»
En la página 47396, en ANEXO I (continuación), apartado COMPROBACIÓN DE DATOS, donde dice:
«DNI/NIE de la persona representante
Certificado de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social
Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Galicia
Consulta de las referencias Sigpac de los terrenos afectados por el fuego
Concesiones de subvenciones y ayudas
Inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas»
Debe decir:
«DNI/NIE de la persona representante
Consulta de las referencias Sigpac de los terrenos afectados por el fuego
Concesiones de subvenciones y ayudas»
En la página 47396, en ANEXO I (continuación), apartado CONSENTIMIENTO PARA LA COMPROBACIÓN DE DATOS, donde dice:
«NIF de la entidad solicitante
NIF de la entidad representante
Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT»
Debe decir:
«NIF de la entidad solicitante
NIF de la entidad representante»
