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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Viernes, 26 de septiembre de 2025 Pág. 51147

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 5 de septiembre de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Vimianzo (expediente IN407A 2024/260-1).

Expediente: IN407A 2024/260-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: Reglamentación de la LMT VIM804-apoyo 9FM8WOWM//16.

Ayuntamiento: Vimianzo.

Hechos:

1. El día 7 de agosto de 2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada. A fin de hacer obras de reglamentación en una zona del lugar A Ponterroda y lugar Urroa, ayuntamiento Vimianzo, se proyecta la sustitución de cuatro apoyos de hormigón existentes por otros de tipo metálico de mayor altura y la sustitución de los conductores de dos vanos existentes de la línea de distribución de media tensión LMT VIM804 P. do Porto-Camariñas 4 (expediente 31.948), procedente de la subestación Vimianzo.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado Reglamentación de la LMT VIM804-apoyo 9FM8WOWM//16, firmado el día 18 de julio de 2024 por Rubén Cascada Nicolás, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, número de colegiado 4.684 de Vigo (COITIVigo), así como la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

– DOG: 9.6.2025.

– BOP: 22.5.2025.

– Periódico La Voz de Galicia: 26.5.2025 (Ed. de Bergantiños).

– Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal de 22.8.2025.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de A Pobra do Caramiñal, Augas de Galicia, Telefónica y Electra del Gayoso. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 29 de agosto de 2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para resolver los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar A Ponterroda y lugar de Urroa, ayuntamiento de Vimianzo, y sus características técnicas son las siguientes:

– Sustitución conductor tramo (actuación 1) LMTA a 20 kV, de 20 m, conductor tipo LA-110 Al (existente LA-80), con origen en el apoyo número 9FM8WOWM//16 tipo HV 1600/14 a sustituir por tipo C-16/4500-H35, quedando bajo traza existente de la LMT VIM804 P. do Porto-Camariñas 4 (expediente 31.948), procedente de la Subestación Vimianzo, en el tramo que va a la subestación, y final en el apoyo número 9FMDFD9F//17 tipo HV 700/12 a sustituir por otro tipo C-16/3000-H35, quedando bajo traza existente. Los nuevos apoyos quedarán a ambos lados del curso de agua existente. Retensado del tramo adyacente inmediato anterior.

– Sustitución de conductor tramo (actuación 2) LMTA a 20 kV, de 159 m, conductor tipo LA-110 Al (existente LA-80), con origen en el apoyo número 9FN7U75T//17-1 tipo HV 400/11 a sustituir por tipo C-16/3000-H35 de la LMT VIM804, quedando a un lado del existente bajo traza en el tramo de derivada al CT Electra Gayoso (15PJB0), y final en el apoyo número 9FLQGXTK//18 tipo HV 400/11 a sustituir por tipo C-16/3000-H35, quedando a un lado del existente bajo traza. Retensado de los tramos existentes adyacentes al tramo a sustituir.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014 (DOUE nº 573, de 20 de febrero), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 5 de septiembre de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Vimianzo

Nº de parcela

Lugar y referencia catastral

Cultivo

Propietario/a

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

ml aér.

ml sot.

m² aér.

m² sot.

1

Lugar de Urroa.

Ref. catastral 15093B501031050000JP

Rústico/agrario

Manuel Rodríguez Lema

P1

2,0

9

145

2

Lugar de Urroa.

Ref. catastral 15093B501006020000JA

Rústico/agrario

Cándido Aurelio Pedreira Insua LG

P2

2,0

10,7

150

3

Lugar de Urroa.

Ref. catastral 15093B501010650000JY

Rústico/agrario

Herederos de Francisco González Soto LG

P3

2,0

4

Lugar de Urroa.

Ref. catastral 15093B501005990000JH

Rústico/agrario

Elena Rodríguez González

P4

2,0