DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Miércoles, 8 de octubre de 2025 Pág. 52966

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2025, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Outeiro de Rei (expediente IN407A 2024/68 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Peticionaria: Begasa.

Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, 27003 Lugo.

Denominación: enlace LATs 20 kV Sigalsa – Rábade_1 (entorno Sta. Isabel).

Situación: ayuntamiento de Outeiro de Rei.

Características técnicas principales:

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el apoyo A74711 y final en el CS Pascual proyectado, con una longitud de 20 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el CS Pascual proyectado y final en el CT Outeiro N-VI 33 (1846), con una longitud de 450 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el CT Outeiro N-VI 33 (1846) y final en el CT Sta. Isabel proyectado, con una longitud de 1.130 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el CT Sta. Isabel proyectado y final en el CT Urb. Sta. Isabel proyectado, con una longitud de 345 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el CT Sta. Isabel proyectado y final en un apoyo proyectado tipo C-3000-16, con una longitud de 410 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Rábade_1, con origen en el CT Urb. Sta. Isabel (8607) y final en el apoyo existente A75812, con una longitud de 1.565 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.

• CS Pascual prefabricado, en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de interruptor automático.

• CT Sta. Isabel prefabricado, en el que se instalan tres celdas de línea telemandadas, una de interruptor automático y una de protección, con una potencia instalada de 630 kVA y una relación de transformación de 20.000/400-230 V.

• CT no prefabricado Outeiro N-VI 33 (1846) existente, en el que se instala una celda de línea.

• CT prefabricado Urb. Sta. Isabel (8607) existente, en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección.

• Desmontaje de 1.100 metros de conductor LA-56, 9 celosías metálicas, CTI Sta. Isabel, celdas de compañía del CT 2028 Pascual_1 y varios tramos de conductores subterránea tipo RHZ1-150 mm.

Finalidad de la instalación: mejora de las instalaciones.

Presupuesto: 637.549,15 €.

Documentación que se adjunta:

• Separata para el Ayuntamiento de Outeiro de Rei.

• Separata para la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

• Separata para a Nedgia, S.A.

Este departamento territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,

RESUELVE:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, en particular los condicionantes específicos que el promotor debe acatar en la ejecución de las obras determinados por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en la resolución del expediente con referencia A/27/48196, y condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, y la dirección de obra deberá llevarla a cabo un técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de dos años, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) nº 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) nº 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en derecho.

Lugo, 15 de septiembre de 2025

El director territorial de Lugo
P.A. (Artículo 40.3 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo)
Juan Carlos Morán del Pozo
Jefe del Servicio de Industria