DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Martes, 14 de octubre de 2025 Pág. 53471

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

ORDEN de 9 de octubre de 2025 por la que se modifica el artículo 16 de la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones vecinales, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (Diario Oficial de Galicia número 9, de 15 de enero).

Mediante la Orden de 30 de diciembre de 2024 se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia (DOG núm. 9, de 15 de enero), que se tramitó como expediente anticipado de gasto.

En el artículo 16.2 de dicha orden se establece que las entidades beneficiarias tendrán de plazo hasta el 15 de octubre de 2025 para ejecutar el proyecto subvencionado y presentar la correspondiente justificación de las inversiones realizadas.

Una vez instruido y resuelto el procedimiento iniciado en virtud de la orden, el plazo inicial de ejecución y justificación establecido en esta resulta de difícil cumplimiento por las entidades beneficiarias. Por lo tanto, considerando que las bases reguladoras no contienen precepto en contra y que no se causa perjuicio a terceros, resulta conveniente ampliar dicho plazo de ejecución y justificación de las actuaciones subvencionadas hasta el 5 de noviembre de 2025 con el fin de hacer viable el proceso de ejecución de los proyectos subvencionados y posibilitar el cumplimiento del procedimiento de gestión.

Esta ampliación de plazo se ampara en el artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia. Según este precepto reglamentario el órgano concedente de la subvención podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de este y siempre que con ello non se perjudiquen derechos de terceros.

De acuerdo con la Ley 9/2007, do 13 de junio, de subvenciones de Galicia, con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones, con el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Justicia e Deportes, y con lo dispuesto en la Orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, dentro del Plan específico de acción comunitaria destinado a asociaciones de vecinos, confederaciones, federaciones o uniones de asociaciones de vecinos de Galicia, comunidades de usuarios de aguas y asociaciones de mujeres rurales de Galicia,

DISPONGO:

Primero. Modificar la fecha límite fijada en el artículo 16.2 de las bases reguladoras para ejecutar el proyecto subvencionado y presentar la documentación justificativa, para ampliarla hasta el 5 de noviembre de 2025.

Segundo. Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2025

Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes