De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, se da publicidad a los cambios producidos en la Orden de 18 de septiembre de 2025 como consecuencia de la Resolución de 3 de diciembre de 2025 por la que se modifican los domingos y días festivos hábiles comercialmente para los ayuntamientos de Ferrol, Sanxenxo y Vilalba, tras las correspondientes solicitudes de los respectivos ayuntamientos.
• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Ferrol durante el año 2026 son:
– 4 de enero.
– 7 de enero.
– 2 de abril.
– 26 de julio.
– 15 de agosto.
– 29 de noviembre.
– 6 de diciembre.
– 13 de diciembre.
– 20 de diciembre.
– 27 de diciembre.
• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Sanxenxo durante el año 2026 son:
– 4 de enero.
– 2 de abril.
– 26 de julio.
– 2 de agosto.
– 9 de agosto.
– 15 de agosto.
– 6 de diciembre.
– 13 de diciembre.
– 20 de diciembre.
– 27 de diciembre.
• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Vilalba durante el año 2026 son:
– 4 de enero.
– 2 de abril.
– 26 de julio.
– 15 de agosto.
– 30 de agosto.
– 29 de noviembre.
– 6 de diciembre.
– 13 de diciembre.
– 20 de diciembre.
– 27 de diciembre.
Para los restantes ayuntamientos comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, regirá lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 2025 (DOG de 1 de octubre).
Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2025
Gabriel Alén Castro
Director general de Comercio y Consumo
