DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Viernes, 12 de diciembre de 2025 Pág. 63764

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Comercio y Consumo, por la que se le da publicidad a los cambios producidos en la Orden de 18 de septiembre de 2025, por la que se establecen los domingos y los festivos en los que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2026, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, se da publicidad a los cambios producidos en la Orden de 18 de septiembre de 2025 como consecuencia de la Resolución de 3 de diciembre de 2025 por la que se modifican los domingos y días festivos hábiles comercialmente para los ayuntamientos de Ferrol, Sanxenxo y Vilalba, tras las correspondientes solicitudes de los respectivos ayuntamientos.

• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Ferrol durante el año 2026 son:

– 4 de enero.

– 7 de enero.

– 2 de abril.

– 26 de julio.

– 15 de agosto.

– 29 de noviembre.

– 6 de diciembre.

– 13 de diciembre.

– 20 de diciembre.

– 27 de diciembre.

• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Sanxenxo durante el año 2026 son:

– 4 de enero.

– 2 de abril.

– 26 de julio.

– 2 de agosto.

– 9 de agosto.

– 15 de agosto.

– 6 de diciembre.

– 13 de diciembre.

– 20 de diciembre.

– 27 de diciembre.

• Los domingos y festivos en los cuales los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en el ayuntamiento de Vilalba durante el año 2026 son:

– 4 de enero.

– 2 de abril.

– 26 de julio.

– 15 de agosto.

– 30 de agosto.

– 29 de noviembre.

– 6 de diciembre.

– 13 de diciembre.

– 20 de diciembre.

– 27 de diciembre.

Para los restantes ayuntamientos comprendidos en el ámbito de aplicación de dicha Ley 13/2006, de 27 de diciembre, de horarios comerciales de Galicia, regirá lo dispuesto en la Orden de 18 de septiembre de 2025 (DOG de 1 de octubre).

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2025

Gabriel Alén Castro
Director general de Comercio y Consumo