La Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia, S.A. es una sociedad mercantil pública autonómica del artículo 102 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. El artículo 2 de la Ley 1/2025, de 14 de marzo, de servicios de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia para la sociedad digital, le encomienda la prestación del servicio público de comunicación audiovisual de la Comunidad Autónoma de Galicia, que el propio artículo califica como un servicio esencial de interés económico general.
El artículo 12 de la Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, establece que la oferta de empleo público se adaptará a los límites y restantes requisitos que se establezcan en la normativa básica estatal y requiere de la autorización del Consello de la Xunta de Galicia, previa propuesta de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal y del informe favorable de la Dirección General de Presupuestos y Financiación Autonómico.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 110, apartado e), de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, la competencia para aprobar la oferta de empleo público de la CSAG corresponde al órgano competente conforme a los estatutos de la propia corporación.
En su virtud, tras la negociación de los criterios generales de esta oferta de empleo público con la representación legal del personal de la CSAG, previo Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 15 de diciembre de 2025, dictado al amparo de lo dispuesto en el artículo 12.cinco de la Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 38 de la Ley 1/2025, de 14 de marzo, de servicios de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia para la sociedad digital,
RESUELVO:
Primero. Aprobar y publicar la oferta de empleo público correspondiente a distintas categorías de personal laboral de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia, S.A. para el año 2025.
Segundo. Determinar y cuantificar esta oferta según figura en el anexo I, donde se establecen las plazas con asignación presupuestaria por categoría derivadas de la tasa de reposición de efectivos y las plazas que se destinan al turno de promoción interna del personal laboral fijo, que serán objeto de convocatoria separada.
Tercero. Publicar las convocatorias de las plazas ofertadas dentro de los plazos fijados por la normativa básica.
Cuarto. Contemplar como criterios generales por los que se regularán los procesos selectivos que se ejecuten para el cumplimiento de esta oferta los derivados de la aplicación, por un lado, de la normativa básica contenida en la disposición adicional primeria del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; en la disposición adicional segunda de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en la que con tal carácter se dicte y sea aplicable a las sociedades mercantiles públicas. Por otro lado, cabe tener en cuenta también como criterio de regulación lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 1/2025, de 14 de marzo, de servicios de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia para la sociedad digital, y los recogidos en el convenio colectivo de la Compañía de Radio-Televisión de Galicia y su sociedad (DOG núm. 167, de 2 de septiembre). Asimismo, se incluirá la posibilidad de incorporar los criterios que establezca la nueva normativa que se dicte y sea aplicable hasta la fecha de publicación de las bases de la convocatoria.
Quinto. La presente resolución es susceptible de impugnación ante los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional que resulte competente.
Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2025
María Concepción Pombo Romero
Directora general de la Corporación de Servicios Audiovisuales de Galicia
ANEXO I
Plazas de la oferta de empleo de la CSAG correspondientes al ejercicio 2025
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Nivel |
Categoría |
Turno libre |
Promoción interna |
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1 |
Productor/a |
1 |
2 |
|
1 |
Realizador/a |
2 |
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1 |
Redactor/a |
2 |
|
|
1 |
Locutor/a presentador/a |
3 |
|
|
2 |
Titulado/a medio/a |
1 |
|
|
2 |
Documentalista |
1 |
|
|
2 |
Locutor/a de radio |
1 |
|
|
3 |
Técnico/a de administración |
1 |
|
|
4 |
Reportero/a gráfico/a |
1 |
1 |
|
4 |
Diseñador/a gráfico/a |
1 |
|
|
4 |
Cámara de primera |
3 |
|
|
4 |
Promotor/a |
1 |
|
|
4 |
Técnico/a electrónico |
1 |
|
|
5 |
Ayudante de realización |
1 |
|
|
5 |
Técnico/a de sonido |
3 |
|
|
5 |
Técnico/a de iluminación |
1 |
|
|
5 |
Operador/a postproducción |
1 |
|
|
6 |
Auxiliar de programas |
2 |
|
|
6 |
Oficial/a administrativo/a |
2 |
1 |
|
6 |
Operador/a de cámara |
2 |
|
|
7 |
Auxiliar administrativo/a |
1 |
|
|
7 |
Ayudante de producción |
1 |
1 |
|
7 |
Control de cámara |
1 |
|
|
Total |
26 |
13 |
|
