Mediante la Resolución de esta dirección general de 26 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Galicia número 4, de 5 de enero de 2023) se realizó la convocatoria excepcional, por el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.
Mediante las resoluciones de 19 de septiembre de 2024 (Diario Oficial de Galicia número 188, de 30 de septiembre) y de 10 de octubre de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 202, de 20 de octubre) se publicaron el nombramiento y la adjudicación de destino definitivo de las personas aspirantes seleccionadas en el proceso selectivo, por el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería.
La base 10.4 de la resolución de la convocatoria prevé que, a fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, en el supuesto de situaciones en que las personas seleccionadas, por diversos motivos, no continúen en el proceso, se cubrirá la baja con la persona aspirante incluida inmediatamente a continuación en la relación de seleccionadas, por el orden de prelación que resulte de la lista definitiva, con independencia del turno de acceso.
Realizado el proceso de elección de destino de la plaza que resultó vacante, después de la última resolución de nombramiento de 10 de octubre de 2025, y al amparo de la Resolución de 26 de diciembre de 2022, esta dirección general, como órgano convocante del proceso,
RESUELVE:
Primero. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas en este proceso extraordinario de estabilización por el sistema de concurso de méritos, y según lo que establece la base 10.4 de las resoluciones de convocatoria, se realizó la oferta de la plaza que resultó vacante en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería a la nueva persona aspirante incluida inmediatamente a continuación por el orden de prelación que resultó de la lista definitiva, con independencia del turno de acceso.
De acuerdo con la convocatoria, quedan sin efecto todas las actuaciones de las personas aspirantes seleccionadas que, en el plazo y conforme al procedimiento establecido, no seleccionaron los destinos que se ofertaron por el orden de prelación que consideraron, no resultaron adjudicatarias de ningún destino por el que optaron o renunciaron a dicha elección.
También se recoge en la base novena que las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, no presenten la documentación o del examen de ella se deduzca que carecen de alguno de los requisitos para participar en este proceso selectivo, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran por falsedad en la solicitud inicial.
Las actuaciones de estas personas aspirantes en el concurso de méritos quedan anuladas y decaen en todos los derechos derivados de su participación.
Segundo. Nombrar como personal estatutario fijo del Servicio Gallego de Salud, en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, a la persona aspirante que se incluye en el anexo de esta resolución, tras acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos y de realizar la elección de destino, según lo previsto en las bases 9 y 10 de la convocatoria del proceso selectivo.
Adjudicar a dicha aspirante, con carácter de destino definitivo, la plaza que figura en el anexo indicado.
Tercero. Declarar finalizado el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de concurso de méritos, en la categoría de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería, convocado por la Resolución de 26 de diciembre de 2022, sin perjuicio de lo previsto en la base 10.4 de la resolución de convocatoria para el supuesto de situaciones en que la persona seleccionada, por diversos motivos, no continúe en el proceso.
Cuarto. La aspirante nombrada dispondrá del plazo de un (1) mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para incorporarse a la plaza adjudicada. La toma de posesión de la plaza se efectuará en el centro de gestión al cual pertenezca esta.
La falta de incorporación en el plazo referido, cuando sea imputable al/a la interesado/a y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo a consecuencia del concreto proceso selectivo.
No obstante, en casos de fuerza mayor, y a instancia de la persona interesada, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud podrá prorrogar el plazo de toma de posesión. La incorporación a las plazas adjudicadas llevará asociado el cese del personal temporal que, en su caso, las ocupe, de acuerdo con los criterios de incorporación y cese vigentes.
Quinto. De conformidad con la disposición adicional segunda del Decreto 70/2017, de 13 de julio, por el que se regula la formación en igualdad y prevención y lucha contra la violencia de género del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, como condición para el perfeccionamiento del nombramiento que se expida, los/las aspirantes seleccionados/as deberán realizar, con carácter obligatorio, y en un plazo no superior a los seis meses contados desde la fecha de publicación del correspondiente nombramiento como personal estatutario fijo en el Diario Oficial de Galicia, las actividades formativas para la obtención del nivel básico de conocimiento en materia de igualdad de género y prevención y lucha contra la violencia de género que recoge el artículo 157 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia.
No tendrán que realizar esta actividad formativa los/las aspirantes seleccionados/as que la hubieran realizado con anterioridad, si consta registrada en Fides/expediente-e y fue debidamente validada.
Sexto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante esta dirección, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o se podrá impugnar directamente, en la jurisdicción contencioso-administrativa, en los términos de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2025
María del Mar Pousa Cobas
Directora general de Recursos Humanos
ANEXO I
Relación definitiva de personas nombradas estatutarias fijas y destinos definitivos adjudicados
|
Técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería |
|||||
|
DNI |
Apellidos y nombre |
Centro directivo |
Centro |
Ayuntamiento |
Turno |
|
***5485** |
Coto Gómez, Iria Belén |
A. S. de Vigo |
Complejo Hospitalario Universitario de Vigo |
Vigo |
- |
(*) Se oculta parcialmente el número del documento nacional de identidad para preservar los datos de carácter personal, de acuerdo con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
