DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Jueves, 8 de enero de 2026 Pág. 1207

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Cabanas (expediente IN407A 2024/243-1).

Expediente: IN407A 2024/243-1

Promotora: Sucesores de Manuel Leira, S.L.

Denominación del proyecto: Reforma CT Pudrical.

Ayuntamiento: Cabanas.

Hechos:

1. El día 18.7.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica mencionada, con el objeto de mejorar la continuidad y calidad del suministro y retirar un CT cuya vida está finalizada.

Al amparo del artículo 123 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto de ejecución denominado Reforma CT Pudrical, firmado el día 17.7.2024 por Francisco Javier Bouza Cabarcos, ingeniero industrial, núm. colegiado 867 de Galicia, y el anexo v.0.1 Cálculos eléctricos línea subterránea MT, firmado por el mismo ingeniero el 17.3.2025.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

3. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Cabanas y Aguas de Galicia. A día de esta resolución, no constan en el expediente respuestas a esas solicitudes.

4. El día 18.7.2025 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

Segunda. Legislación de aplicación.

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Tercera. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el Camino de Pudrical, en el ayuntamiento de Cabanas, y sus características técnicas son las siguientes:

• Nuevo centro de transformación denominado CT Pudrical, que sustituirá al CT Pudrical existente, y que tendrá un transformador de 250 kVA, relación de transformación 15/0,42 kV, estará bajo envolvente prefabricada de hormigón PFU3 y su configuración será de dos celdas de línea y una de protección (2L+1P).

• El proyecto prevé la reutilización de las líneas subterráneas existentes a través de una nueva canalización subterránea hormigonada con 9 tubos de 160 mm de diámetro, con una longitud de 11 m, con origen en una arqueta por ejecutar y final en el nuevo CT Pudrical proyectado.

Cuarta. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. Las instalaciones deberán obtener la autorización de explotación antes del 1 de enero de 2026, según lo indicado en el artículo 13.9.a del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, excepto que se justifique alguna de las excepciones indicadas en dicho artículo 13.4.

3. Para la puesta en explotación de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.

A Coruña, 22 de julio de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña