Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que se describe a continuación, tal y como se recogen en el proyecto firmado el día 12.11.2025 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado número 2233 del Coeticor, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Denominación: Repotenciación del CT Campo Feira Cualedro (32AL68).
Situación: calle Toural da Feira, ayuntamiento de Cualedro.
Presupuesto: 9.578,66 €.
Características técnicas:
– Sustitución del CT Campo Feira Cualedro, con matrícula 32AL68, situado sobre el apoyo núm. 128-6-2-CT, de hormigón, de tipo HV, de 100 kVA, por un nuevo CT a la intemperie de 160 kVA sobre el apoyo existente.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción de dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de la instalación que se autoriza será de seis meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 15 de diciembre de 2025
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
