BDNS (Identif.): 881679.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881679
Primero. Entidades beneficiarias
Las siguientes entidades: a) las universidades públicas del SUG; b) los organismos públicos de investigación de Galicia; c) las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Pública Gallega Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Pública Gallega de Investigación Biomédica INIBIC y Fundación Pública Gallega Biomédica Galicia Sur). En el caso de los institutos de investigación sanitaria IDIS, INIBIC, IISGS y de los centros del ámbito del Servicio Gallego de Salud que gestionen sus actividades de investigación mediante las citadas fundaciones, podrán solicitar las ayudas de la presente convocatoria a través de estas entidades; d) los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) radicados en Galicia, según los requisitos establecidos en los anexos I, II y III para cada caso.
Segundo. Objeto
Ayudas para consolidar, estructurar y especializar las unidades de investigación más competitivas del Sistema gallego de I+D+i, mediante las siguientes modalidades:
– Modalidad A: grupos de referencia competitiva (GRC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que, por su producción científica y su actividad de I+D, constituyan una referencia en el Sistema gallego de I+D+i.
– Modalidad B: grupos con potencial de crecimiento (GPC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que, por su producción científica y su actividad de I+D, muestren potencial de crecimiento hasta convertirse en grupos de referencia del Sistema gallego de I+D+i.
– Modalidad C: proyectos de personal investigador con trayectoria excelente. Ayudas para la realización de proyectos de investigación a investigadores/as individuales que, contando con una trayectoria excelente consolidada o en formación, tienen que afianzar una línea de trabajo basada en proyectos de alto impacto, fundamentalmente en los ámbitos nacional e internacional. Estas ayudas adoptarán, según las características de los investigadores o investigadoras, dos modalidades: 1. Línea de refuerzo de la trayectoria investigadora consolidada y 2. Línea de refuerzo de trayectorias emergentes.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 28.897.500 €.
– Modalidad A (GRC).
Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años. El importe global de la ayuda vendrá determinado por un módulo estructural anual compuesto de un fijo de una cuantía máxima de 55.000 € y un módulo variable anual de 20.000 €, 30.000 € o 50.000 €, acumulable al anterior, en función de los ingresos anuales medios del grupo en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.
– Modalidad B (GPC).
Las ayudas serán de aplicación por un período de tres (3) anualidades. El importe total de cada una de las ayudas vendrá determinado por un módulo estructural compuesto de un fijo de una cuantía máxima de 31.500 € en cada anualidad y un módulo variable anual, acumulable al anterior, compuesto de una cuantía de hasta 10.000 € en cada anualidad para aquellos grupos que ya hubiesen disfrutado de una ayuda en esta modalidad desde la convocatoria de 2016 y que no esté activa en este momento, y cumplan, por lo menos, dos de las siguientes condiciones en el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025: disponer, por lo menos, de cinco (5) investigadoras/es durante todo el período de referencia, tener unos ingresos medios anuales superiores a 80.000 €, trayectoria del grupo en transferencia de conocimiento.
– Modalidad C (proyectos de excelencia).
En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora consolidada, las ayudas serán de aplicación por un período de hasta cuatro (4) anualidades, mediante el pago anual, a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto, de una cuantía máxima anual de 50.000 €. En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora emergente, las ayudas serán de aplicación por un período máximo de hasta cinco (5) anualidades, mediante el pago anual, a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto, de una cuantía máxima anual de 15.000 € para el año 2026 y de 25.000 € para los años 2027, 2028, 2029 y 2030.
Para que se pueda atender a gastos en una anualidad es necesario que la persona investigadora que lidera el proyecto mantenga la vinculación laboral durante un mínimo de cuatro meses en ese año.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2025
El conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
P.D. (Orden de 5.6.2024)
Manuel Vila López
Secretario general técnico de la Consellería de Educación,
Ciencia, Universidades y Formación Profesional
