DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Martes, 20 de enero de 2026 Pág. 5450

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 16 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, del procedimiento de concesión de subvenciones, para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 60 % en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y).

BDNS (Identif.): 881677.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881677

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881665

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán acceder a la condición de personas beneficiarias de estas subvenciones:

a) Las empresas legalmente constituidas y las personas autónomas que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases.

Segundo. Objeto

Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de estas bases reguladoras.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 16 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, mediante tramitación anticipada de gasto, del procedimiento de concesión de subvenciones, para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas para el año 2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 60 % en el marco del programa Galicia Feder 2021-2027 (código de procedimiento IN417Y).

Cuarto. Cuantía

1. La intensidad de la ayuda en función del reglamento de aplicación será la indicada en los siguientes subapartados, limitando en su caso la ayuda a conceder cuando sean de aplicación los umbrales establecidos en los restantes apartados de este artículo.

a) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831, de minimis (empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura):

La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en caso de medianas empresas.

b) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías) destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios.

La cuantía de la subvención será del 20 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en caso de medianas empresas.

c) Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) nº 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías) destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios.

La cuantía de la subvención será del 35 % del coste subvencionable de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en caso de medianas empresas.

2. Se establece una ayuda máxima por expediente de 300.000 euros en caso de acogerse al Reglamento (UE) 2023/2831, de minimis, y de 1.000.000 de euros en caso de acogerse al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías).

3. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000 de euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el octavo (8°) día hábil siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas, y finalizará el 15 de septiembre de 2026, a las 20.00 horas.

Las solicitudes se presentarán en la página web del Inega, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, y obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado.

Santiago de Compostela, 16 de diciembre de 2025

Pablo Fernández Vila
Director del Instituto Energético de Galicia