De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, habiendo intentado la notificación (por dos veces) de la resolución dictada por el director de la Agencia de Turismo de Galicia en el domicilio de la persona interesada sin que esta se haya podido realizar, se notifica la resolución a la persona citada en el anexo, emplazándola para que en el plazo de diez (10) días, a contar a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, comparezca personalmente o mediante persona debidamente acreditada en el Área Provincial de Turismo de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2, 2º, A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, para conocer el contenido íntegro de la resolución. Se le advierte que, de no comparecer, se le dará por notificada.
Contra la resolución, que se notifica en este acto, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Agencia de Turismo de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
A Coruña, 8 de enero de 2026
Ana T. Cimas Hernando
Jefa del Área Provincial de Turismo de A Coruña
ANEXO
Establecimiento: Apartamento Cabañas Playa.
Persona interesada: David Sanz Díez.
Dirección: calle Pinemar, 15, 3º B.
Ayuntamiento: 15622 Cabanas.
