BDNS (Identif.): 882608.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882608
Primero. Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las cofradías de pescadores, organizaciones de productores pesqueros, cooperativas del mar, y demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por personas pescadoras o mariscadoras. Las entidades serán sin ánimo de lucro, y tendrán ámbito territorial y la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cuando las actividades de recogida de residuos y de arribazones de algas que puedan afectar a los bancos marisqueros sean realizadas en el ámbito territorial de un plan de gestión de marisqueo, solo podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades de interés colectivo del sector que sean titulares del plan de gestión.
Segundo. Finalidad
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2026 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos para la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos mediante la recogida de residuos y de arribazones de algas que pueden afectar a los bancos marisqueros, con la participación de las personas pescadoras y mariscadoras, en el mar y en las playas, cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
El procedimiento que regula la presente orden se corresponde con el código PE209F de la Guía de procedimientos y servicios de la Xunta de Galicia.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 30 de diciembre de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos para la protección y recuperación de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos mediante la recogida de residuos y de arribazones de algas que pueden afectar a los bancos marisqueros, con la participación de las personas pescadoras y mariscadoras, cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento PE209F).
Cuarto. Importe
El crédito presupuestario para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2026 y la plurianualidad asociada alcanza el importe de un millón doscientos setenta y cinco mil euros (1.275.000 euros), repartidos en las siguientes anualidades:
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Partida presupuestaria |
2026 |
2027 |
Total |
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16.03.723C.780.2 |
750.000 € |
525.000 € |
1.275.000 € |
Los porcentajes de cofinanciación de las ayudas son del 70 % de fondos FEMPA y el 30 % por la Comunidad Autónoma.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2025
Marta Barreiro Castro
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar
