DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Martes, 10 de febrero de 2026 Pág. 12073

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 16 de enero de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en el ayuntamiento de Boiro (expediente IN407A 2024/269-1).

Expediente: IN407A 2024/269-1.

Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: Regulamentación de la LMT BOI-802. Sustitución de los apoyos 20-5, 20-6 y 20-9.

Ayuntamiento: Boiro.

1. Características técnicas:

Sustitución en la línea LMTA BOI-802 de los apoyos 20-5, 20-6 y 20-9. En consecuencia se realizarán las siguientes actuaciones:

– Retensado de la línea eléctrica de media tensión aérea (actuación nº 1), a 20 kV, con una longitud de 101 m, con origen en el apoyo 9OO5SRWU//20-4, conductor tipo pigeon, y final en el apoyo 9OPIXO5Q//20-5.

– Línea eléctrica de media tensión aérea (actuación nº 2), a 20 kV, con una longitud de 286 m, con origen en el apoyo 9OPIXO5Q//20-5, conductor tipo LA-110 mm² Al, y final en el apoyo 9OU94F40//20-8. Nuevo conductor en el vano entre el apoyo 20-5 y 20-6 y retensado del resto de los vanos.

– Retensado de la línea eléctrica de media tensión aérea (actuación nº 3), a 20 kV, con una longitud de 191 m, con origen en el apoyo 9OU94F40//20-8, conductor tipo pigeon, y final en apoyo 9P042V4L//20-10.

2. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que acompaña a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, nº 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica, y en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 16 de enero de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

Ayuntamiento de Boiro.

Nº parcela

Paraje y referencia catastral

Cultivo

Propietario/a

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

m2

ml aér.

ml sot.

m2 aér.

m2 sot.

1

Anovados ref. catastral: 15011A031010340000XI

Rústico

Consellería del Medio Rural-Servicio de Montes (MCMV de Deira y Pedroso)

5 e 6

4,0

2

Lombos ref. catastral: 15011A030008650000XA

Rústico

Herederos de José Dieste Piñeiro

9

2,0

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.