DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Martes, 10 de febrero de 2026 Pág. 11842

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

EXTRACTO de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Galicia Suma Talento: Empléate, de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR342C).

BDNS (Identif.): 885616.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885616

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885613 (minimis agrícola)

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885614 (minimis pesca)

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, salvo para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2026 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y en entidades sin ánimo de lucro, especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.

La orden regula el programa Galicia Suma Talento: Empléate (código de procedimiento TR342C), de incentivos a la contratación por cuenta ajena de los colectivos vulnerables recogidos en el artículo 24.1.a), a través de una línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena cuyas particularidades se recogen en esta orden, y que incluye cuatro modalidades de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.

c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.

d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

e) Transformación en indefinidos de los contratos formativos subvencionados con cargo al programa de primera experiencia profesional (TR353C).

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del programa Galicia Suma Talento: Empléate, de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR342C).

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destinan diecinueve millones setecientos mil euros (19.700.000 €) distribuidos del siguiente modo:

– Personas jóvenes: 4.000.000 €.

– Mujeres víctima de violencia de género y/o víctima de trata de seres humanos, y mujeres con hijos e hijas menores de 3 años, desempleadas de larga duración o inactivas en los últimos 3 años: 2.500.000 €.

– Mujeres en ocupaciones masculinizadas: 1.200.000 €.

– Personas paradas de larga duración y/o personas de 52 o más años: 3.000.000 €.

– Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 3.000.000 €.

– Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 3.000.000 €.

– Personas desempleadas que en los últimos 2 años hayan finalizado acciones de AFD, talleres de empleo o programas integrados de empleo: 1.500.000 €.

– Personas desempleadas que hayan desarrollado contratos formativos al amparo del Programa de primera experiencia profesional en los últimos 2 años: 1.000.000 €.

– Para todos los colectivos anteriores, en caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad sin ánimo de lucro: 500.000 €.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo general para la presentación de solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará a las 9.00 horas del quinto día hábil posterior al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2025

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración