BDNS (Identif.): 885622.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885622
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885618 (minimis agrícola)
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/885619 (minimis pesca)
Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de la subvención:
a) Las personas empleadoras y empresas pertenecientes al sector privado radicadas en Galicia que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, incluidas las empresas cualificadas como iniciativas de empleo de base tecnológica atendiendo a lo previsto en el Decreto 56/2007, de 15 de marzo, por el que se establece el programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT).
b) Los centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que tengan definida, en sus estatutos o en su objeto social o normativa que los regule, la I+D+i como actividad principal.
Segundo. Objeto
Este programa tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria pública en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2026 de las subvenciones del Programa Investigo (código de procedimiento TR349V).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del Programa Investigo, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2026 (código de procedimiento TR349V).
Cuarto. Importe
Para la concesión de estas ayudas se destinan cuatro millones ochocientos diecisiete mil cuatrocientos euros (4.817.400 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden será de un mes que comenzará a las 9.00 horas del quinto día hábil posterior al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y finalizará a las 20.00 horas del último día.
Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2025
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
