El artículo 28 del vigente Estatuto de autonomía de Galicia establece en su apartado 2º la competencia de la Comunidad Autónoma gallega en el desarrollo legislativo y en la ejecución de la legislación del Estado en materia de expropiación forzosa.
La aprobación definitiva del proyecto de trazado de conversión en autovía del corredor Nadela-Sarria. Tramo Nadela-A Pobra de San Xiao, de clave LU/21/218.01, se produjo en fecha 13 de octubre de 2025 por Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia y fue publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 205, de 23 de octubre de 2025. Esta aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos necesarios para la ejecución de las obras, de los depósitos de los materiales sobrantes, de los préstamos necesarios para ejecutarlas y para reposición de servicios afectados, previstos en el proyecto, así como para la reformulación del proyecto y las modificaciones de este que, en su caso, se pudieran aprobar posteriormente, y la urgencia de la ocupación, todo ello a efectos de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres, según lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia.
La tramitación del expediente expropiatorio debe ajustarse a lo dispuesto en los artículos 52 de la vigente Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de su reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, este servicio, en virtud de la competencia delegada mediante Orden de 7 de septiembre de 2017 sobre delegación de competencias en el secretario general técnico y en otros órganos y entidades públicas adscritos a esta consellería, publicada en el DOG núm. 179, de 20 de septiembre de 2017, ha resuelto convocar a los titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación expuesta en el tablón de anuncios de los ayuntamientos de Lugo, O Corgo y O Páramo, para que comparezcan en el lugar, fecha y horas que se detallan a continuación, a fin de proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en las cuales se recogerán los datos necesarios para determinar los derechos afectados, el valor de estos y los perjuicios determinantes de la rápida ocupación, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas si lo consideran necesario.
– Ayuntamiento de Lugo.
Lugar: salón de actos del Centro Uxío Novoneyra (calle Quiroga Ballesteros, s/n, 27001 Lugo).
Fecha: 24 de febrero de 2026, de 10.00 a 12.40 horas.
– Ayuntamiento de O Corgo.
Lugar: Centro Sociocultural do Corgo (Carretera Nacional VI, 53, 27163 O Corgo, Lugo).
Fecha: 25 de febrero de 2026, de 10.00 a 13.20 horas.
Fecha: 26 de febrero de 2026, de 10.00 a 11.20 horas.
– Ayuntamiento de O Páramo.
Lugar: Casa Consistorial de O Páramo (calle Vilarmosteiro, s/n, 27363 O Páramo, Lugo).
Fecha: 26 de febrero de 2026, de 13.00 a 13.20 horas.
La relación de titulares con los bienes y derechos afectados, así como los planos parcelarios correspondientes, estarán expuestos en los ayuntamientos de Lugo, O Corgo y O Páramo y en el Servicio Provincial de la Agencia Gallega de Infraestructuras de Lugo (edificio administrativo, ronda de la Muralla núm. 70, 27071 Lugo), y se publicarán en el siguiente enlace de la página web de la consellería:
https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/avisos?content=aviso_0380.xml
Asimismo, se realizará la convocatoria a los interesados al levantamiento de las actas previas mediante notificación individual.
A dicho acto deberán acudir los titulares afectados personalmente o bien representados por una persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, presentando los documentos acreditativos de su titularidad, documento nacional de identidad (y, en su caso, otra documentación que se requiera, justificante de pago del IBI..), así como el certificado de la cuenta con códigos IBAN y BIC, con el fin de realizar los sucesivos pagos que sean procedentes mediante transferencia bancaria, pudiendo hacerse acompañar por su cuenta, si lo estiman oportuno, de sus peritos y notarios.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento de expropiación forzosa de 26 de abril de 1957, este servicio, una vez levantadas las actas previas a la ocupación y habilitado el crédito oportuno, realizará el pago, mediante transferencia bancaria, del importe de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación. En el supuesto de no haber presentado el certificado de titularidad de la cuenta bancaria, con códigos IBAN y BIC, y la copia del DNI, se consignará el importe en la Caja General de Depósitos, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de expropiación forzosa de 26 de abril de 1957.
En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de expropiación forzosa de 26 de abril de 1957, en este mismo acto se convoca al acto de formalización de las actas de ocupación, el cual tendrá lugar, después de producirse el abono de los depósitos previos e indemnizaciones por rápida ocupación, en el lugar y en la fecha que se indican:
– Ayuntamiento de Lugo.
Lugar: salón de actos del Centro Uxío Novoneyra (calle Quiroga Ballesteros, s/n, 27001 Lugo).
Fecha: 21 de abril de 2026, de 10.00 a 12.40 horas.
– Ayuntamiento de O Corgo.
Lugar: Centro Sociocultural de O Corgo (Carretera Nacional VI, 53, 27163 O Corgo, Lugo).
Fecha: 22 de abril de 2026, de 10.00 a 13.20 horas.
Fecha: 23 de abril de 2026, de 10.00 a 11.20 horas.
– Ayuntamiento de O Páramo.
Lugar: Casa Consistorial de O Páramo (calle Vilarmosteiro, s/n, 27363 O Páramo, Lugo).
Fecha: 23 de abril de 2026, de 13.00 a 13.20 horas.
En el mismo acto se ofertarán a los propietarios las valoraciones establecide por la Administración para cada una de las fincas en concepto de mutuo acuerdo.
El presente acuerdo se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los titulares que en el acta figurarán los dueños de la cosa o titulares del derecho expropiado, que no se admitirá representación sino por medio de poder debidamente autorizado (notarial, judicial o del consulado), ya sea general o particular para este caso, y que deberán adjuntar la documentación necesaria para acreditar la sucesión en caso de figurar el terreno a nombre de herederos, y que deberán identificarse con el documento nacional de identidad.
Lugo, 28 de enero de 2026
Gerardo Pallares Sánchez
Jefe del Servicio Provincial de Lugo
