Mediante la Orden de 21 de enero de 2014 (DOG de 6 de febrero) se autoriza la inclusión en el Registro de Escuelas de Música y Danza de esta comunidad autónoma de la Escuela de Música Municipal de Lousame, de conformidad con la Orden de 11 de marzo de 1993 (DOG de 22 de abril) que regula las condiciones de creación y funcionamiento de las escuelas de música y danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.
La entidad titular de la Escuela comunica el cese de la actividad del centro y solicita su baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia, por lo que, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,
DISPONGO:
Artículo único. Baja en el Registro
Dar de baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia a la Escuela de Música Municipal de Lousame, código del centro 15032844.
Disposición final primera. Recursos
Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2026
Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
