DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Jueves, 26 de febrero de 2026 Pág. 15259

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

ACUERDO de 3 de febrero de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución de energía eléctrica en el ayuntamiento de Cambre (expediente IN407A 2025/117-1).

Expediente: IN407A 2025/117-1.

Solicitante/promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: reglamentación LMTA SMC729 soterramiento entre apoyos AJOQKO70 //27-6 y AJPVHOUQ//27-7-CT.

Ayuntamiento: Cambre.

1. Características técnicas:

• Centro de transformación rural compacto prefabricado maniobra exterior de 250 kVA, para sustituir el CT intemperie existente O Pombo Pravio (15AQ84).

• Adecuación de un tramo de la línea LMTA SMC729 debido a deficiencias actuales en el apoyo AJOQKO70//27-6 por mal estado general.

• Desmontaje de la LMTA entre los apoyos AJOQKO70//27-6 y AJPVHOUQ//27-7-CT, sustituyendo el apoyo de hormigón existente 27-6 por un nuevo apoyo metálico de celosía AM-C-2000-14-H-35 con un paso aéreo subterráneo hasta el CT proyectado.

• Línea de media tensión subterránea en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3x(1X240) Al a 15 kV, que tendrá su inicio en el PAS proyectado en el apoyo 27-6 y final en el nuevo CT proyectado. La longitud de la línea subterránea de MT es de 13 m.

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

• Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).

• Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figura en el anexo que se adjunta a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la Sección de Energía del Departamento Territorial de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña (calle Vicente Ferrer, núm. 2, 2ª planta, 15071 A Coruña), entre las 9.00 y las 14.00 horas, de lunes a viernes, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Además, se podrá consultar en el Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para conocimiento general y particular de las personas propietarias de las fincas que figuran en la relación anexa a este acuerdo, así como de las personas titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que se hayan omitido. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que estimen oportunas en el plazo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 3 de febrero de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Cambre

Nº parcela

Paraje

Referencia catastral

Cultivo

Titular

Afectación de suelo en pleno dominio

Afectación de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

m2

ml aér.

ml sot..

m2 aér.

m2 sot.

1

Covelo

15017A012000720000ML

Urbana

Desconocido/a

Apoyo + CT + acceso

26,22

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.