En sesión que tuvo lugar el día 10 de febrero de 2026, el tribunal nombrado por la Resolución de 6 de octubre de 2025 (DOG núm. 197, de 13 de octubre), para calificar el proceso selectivo para el ingreso en la escala de personal de limpieza y recursos naturales y forestales, especialidad limpieza y cocina (AP), de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, convocado por la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 16 de noviembre de 2023 (DOG núm. 220, de 20 de noviembre),
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con la base 2.1.1.1 de la convocatoria y el acuerdo de este tribunal, de 5 de diciembre 2025, por el que se establecen los criterios de corrección, valoración y superación del ejercicio de la fase de oposición, superarán el ejercicio las personas aspirantes que alcancen un mínimo de veintitrés (23) respuestas correctas.
Subsidiariamente, de darse el caso de que el número de aspirantes que superen este ejercicio conforme al criterio previsto en el párrafo anterior sea inferior a ciento veinticuatro (124), que es el número resultado de multiplicar por cuatro (4) el número de plazas convocadas, se rebajará al mínimo de dieciocho (18) el número de respuestas correctas necesarias para superar este ejercicio.
Se asignará una valoración de 45 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte. El resto de las personas declaradas aptas tendrán una calificación distribuida entre los 45 y los 90 puntos, proporcional al número de respuestas acertadas. Del mismo modo, se asignará la puntuación proporcional que corresponda a las personas aspirantes declaradas no aptas.
Todas las personas aspirantes con idéntica puntuación a aquella que marque la nota de corte establecida de acuerdo con los criterios anteriores se considerarán igualmente aprobadas.
Segundo. Realizada la corrección en las sesiones celebradas entre el 28 de enero y el 5 de febrero de 2026, y de acuerdo con las normas y criterios anteriores, se asigna la valoración de 45 puntos en el ejercicio a las personas aspirantes que obtengan una nota equivalente a la nota de corte fijada en dieciocho (18) respuestas correctas.
El resto de las personas declaradas aptas tendrán una calificación distribuida entre los 45 y los 90 puntos, proporcional al número de respuestas correctas. Del mismo modo, las personas aspirantes declaradas no aptas tendrán una calificación distribuida entre los 0 y los 44 puntos, proporcional al número de respuestas correctas.
Alcanzaron la puntuación mínima de 45 puntos un total de 68 personas aspirantes.
Tercero. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas a la prueba realizada el día 13 de diciembre de 2025, correspondiente al primer ejercicio de la oposición para el ingreso en la escala de personal de limpieza y recursos naturales y forestales, especialidad limpieza y cocina (AP), de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, en plazas reservadas para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base 2.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Quinto. De conformidad con la base 2.1.1.2, respecto al segundo ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, que poseían antes del día de finalización del plazo dispuesto en la base 1.3 de la convocatoria el Celga 2 o el título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero), y se les asignarán 10 puntos.
En lo que se refiere a la exención de la prueba de la lengua gallega, con esta resolución la Dirección General de Empleo Público y Administración del Personal publicará, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal, un listado de las personas aspirantes que, por haber acreditado la posesión del Celga requerido en procesos selectivos anteriores, no tienen que presentar la documentación justificativa de la exención.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en la base 3.13 de la convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 10 de febrero de 2026
Constantino Piñeiro Cajete
Presidente del tribunal
