DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 5 de marzo de 2026 Pág. 16631

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales, por la que se ordena la publicación de la sanción firme impuesta por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el expediente 2012/0017-0.

El artículo 40.2 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, dispone que las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.

El Real decreto 597/2007, de 4 de mayo, desarrolla el anterior mandato legal estableciendo las formalidades necesarias para dar publicidad a las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

La Orden de la Consellería de Trabajo de la Xunta de Galicia, de 30 de julio de 2008, (DOG 152, de 7 de agosto), ejecuta y desarrolla determinados aspectos del citado real decreto, fundamentalmente en la determinación del órgano competente para ordenar la publicidad de las sanciones, los medios para su publicación y la creación del Registro público en que se inscribirán las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

Al amparo de los preceptos citados, y conforme a lo establecido en el artículo 2.3 de la Orden de la Consellería de Trabajo de 30 de julio de 2008, la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales

RESUELVE:

1. Ordenar la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la sanción impuesta a Grúas y Servicios Chema, S.L. en la Resolución de 13.9.2019, de la Secretaría General de Empleo de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y que adquirió firmeza en vía judicial el 4.2.2026, con la inclusión de los siguientes datos:

– Nombre o razón social de la empresa: Grúas y Servicios Chema, S.L.

– Sector de la actividad y CNAE: transporte de mercancías por carretera (4941).

– CIF: B15703721.

– Domicilio social: calle Colombia, 5, bajo. 15140 Arteixo (A Coruña).

– Infracción cometida: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. Dicha infracción está tipificada y calificada como muy grave en el artículo 13.10 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

– Importe de la sanción económica impuesta: 40.986 euros.

– Fecha de la extensión del acta de infracción: 16.4.2012.

– Fecha de la firmeza de la sanción: 4.2.2026.

2. Ordenar la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la sanción impuesta a Grúas Usabiaga, S.A. en calidad de responsable solidario en la Resolución de 13.9.2019, de la Secretaría General de Empleo de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y que adquirió firmeza en vía judicial el 4.2.2026, con la inclusión de los siguientes datos:

– Nombre o razón social de la empresa: Grúas Usabiaga, S.A.

– Sector de la actividad y CNAE: alquiler de maquinaria y equipo para la construcción e ingeniería civil (7732).

– CIF: A20154191.

– Domicilio social: carretera Zaldibia, s/n. 20240 Ordizia (Gipuzkoa).

– Infracción cometida: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. Dicha infracción está tipificada y calificada como muy grave en el artículo 13.10 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

– Importe de la sanción económica impuesta: 40.986 euros.

– Fecha de la extensión del acta de infracción: 16.4.2012.

– Fecha de la firmeza de la sanción: 4.2.2026.

3. Ordenar la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la sanción impuesta a UTE Langosteira en calidad de responsable solidario en la Resolución de 13.9.2019, de la Secretaría General de Empleo de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, y que adquirió firmeza en vía judicial el 4.2.2026, con la inclusión de los siguientes datos:

– Nombre o razón social de la empresa: UTE Langosteira.

– Sector de la actividad y CNAE: otras actividades asociativas NCOP (9499).

– CIF: U15974686.

– Domicilio social: avenida Fisterra, 25, 1er piso, 15004 A Coruña.

– Infracción cometida: no adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores. Dicha infracción está tipificada y calificada como muy grave en el artículo 13.10 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.

– Importe de la sanción económica impuesta: 40.986 euros.

– Fecha de la extensión del acta de infracción: 16.4.2012.

– Fecha de la firmeza de la sanción: 4.2.2026.

Acordar la incorporación de los datos anteriores al Registro público de empresas sancionadas por la comisión de infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.4 de la Orden de la Consellería de Trabajo de 30 de julio de 2008.

Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años contados desde el día siguiente al de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.5 de la Orden de la Consellería de Trabajo de 30 de julio de 2008.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2026

Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales