DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Lunes, 23 de marzo de 2026 Pág. 19170

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Arteixo

ANUNCIO de requerimiento de gestión de la biomasa.

De conformidad con el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y ante la imposibilidad de efectuar la notificación a los titulares de los bienes que se relacionan a continuación, se comunica a las personas responsables su obligación legal de gestión de la biomasa y de retirada de las especies arbóreas prohibidas en las parcelas señaladas seguidamente, impuesta por el artículo 22.1 de la citada Ley 3/2007, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 da la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:

Número de expediente

Referencia catastral

Parroquia

Titulares catastrales

2025/V001/000130

3680905NH4938S

Pastoriza

H.J.G.B

2025/V001/000158

4189927NH4948N

Pastoriza

F.E.S.R

2025/V001/000174

15005A00500252

Arteixo

M.S.F

2025/V001/000174

15005A00500253

Arteixo

H.R.T

2025/V001/000174

15005A00500254

Arteixo

G.T.V

2025/V001/000174

15005A00500694

Arteixo

M.S.F

2025/V001/000180

3080604NH4938S

Pastoriza

H.J.C.F

2025/V001/000180

15005A08300041

Arteixo

J.C.C

2025/V001/000343

0556771NH4905N

Arteixo

En investigación

2025/V001/000263

15005A03600454

Armentón

A.S e M.M

2025/V001/000276

15005A00600460

Arteixo

H.C.B.B

2025/V001/000276

15005A00600301

Arteixo

En investigación

2025/V001/000326

15005A01900401

Chamín

A.M

En virtud de lo anterior, las personas responsables disponen de un plazo máximo de quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado) para el cumplimiento voluntario de la obligación de gestión de la biomasa en las parcelas citadas.

Transcurrido dicho plazo, y en caso de persistencia en el incumplimiento, el Ayuntamiento procederá a la ejecución subsidiaria con repercusión a la propiedad de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, el decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas por la Administración, en las condiciones establecidas en el artículo 22.2 de la Ley 3/2007, anteriormente citada, sin perjuicio de la instrucción del procedimiento sancionador que corresponda.

Asimismo, se comunica a las personas responsables que el contenido íntegro de las notificaciones, asi como la totalidad del expediente administrativo, está a su disposición en el Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Arteixo.

Arteixo, 24 de febrero de 2026

El alcalde
P.D. (Decreto 1243/2025, de 8 de mayo)
Víctor Merelas García
Concejal con delegación especial de Medio Ambiente