DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Miércoles, 25 de marzo de 2026 Pág. 19855

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 11 de marzo de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la resolución relativa al deslinde de los montes vecinales en mano común Campo da Gonza, perteneciente a la Comunicad de Montes Vecinales en Mano Común de Froxais, y Campo de Gonza, perteneciente a la Comunicad de Montes Vecinales en Mano Común de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo, en los ayuntamientos de Viana do Bolo y A Veiga.

Examinada la solicitud de deslinde formulada por los representantes del MVMC Campo da Gonza, perteneciente a la CMVMC de Froxais, y del MVMC Campo de Gonza, perteneciente a la CMVMC de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo, en los ayuntamientos de Viana do Bolo y A Veiga, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. El 27.8.2025, la CMVMC de Froxais presentó un escrito (Rexel 2025/2340967) en el que solicitan la aprobación de un deslinde con la CMVMC de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo.

Con la solicitud presentó la siguiente documentación:

– Acta de deslinde.

– Archivos geográficos en formato vectorial.

– Certificaciones de los acuerdos de las respectivas asambleas generales.

– Informe de deslinde.

Segundo. Posteriormente, en fecha 22.10.2025, la comunidad presentó una solicitud complementaria (Rexel 2025/2920678) con la que aportaba la siguiente documentación adicional:

– Acta de conciliación levantada el 29.9.2025 en el Juzgado de Paz de A Veiga.

Tercero. El informe del Servicio de Montes del Departamento Territorial de Ourense, de 28 de octubre de 2025, hace constar que la documentación presentada corresponde al deslinde del perímetro lindante entre el MVMC Campo da Gonza, perteneciente a la CMVMC de Froxais, y el MVMC Campo de Gonza, perteneciente a la CMVMC de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo, desde el vértice 1 (el situado más al O) hasta el vértice 3 (el situado más al E), considerando además los tres puntos auxiliares que a continuación se describen:

• Vértice 4, que permite cerrar la poligonal del monte de Froxais en la unión previamente acordada con la CMVMC de Penouta.

• Vértice 5, que permite cerrar la poligonal del monte de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo en tanto no se acuerde un deslinde con la CMVMC de Quintela de Hedroso.

• Vértice 6, que permite cerrar la poligonal del monte de Froxais en la unión previamente acordada con la CMVMC de Quintela de Hedroso.

El citado informe considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, por lo que propone al Jurado Provincial su aprobación.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta al amparo del artículo 53 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento que se debe seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución, que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Montes del día 28 de octubre de 2025, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó, por unanimidad, el día 23 de febrero de 2026:

Aprobar el acto de conciliación alcanzado por las juntas rectoras del MVMC Campo da Gonza, perteneciente a la CMVMC de Froxais, y el MVMC Campo de Gonza, perteneciente a la CMVMC de Carracedo, Castromao, Corzos y Pradolongo, en los municipios de Viana do Bolo y A Veiga.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 11 de marzo de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense