Conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (BOE núm. 261, de 31 de octubre); en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026 (BOE núm. 31, de 4 de febrero de 2026); en los artículos 12 y 37 de la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 (DOG núm. 252, de 31 de diciembre de 2025); en el capítulo IV del título IX de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario (BOE núm. 70, de 23 de marzo); en los estatutos de la Universidad de A Coruña, aprobados por el Decreto 94/2025, de 6 de octubre (DOG núm. 207, de 27 de octubre); en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2026 por el que se aprueba la oferta de empleo público (OEP) para el año 2026 de plazas estables de personal docente e investigador de la Universidad de A Coruña, tras la negociación con los órganos de representación del personal docente e investigador y una vez obtenida la autorización de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de la Xunta de Galicia, de 20 de marzo de 2026, tal y como se determina en el artículo 37.Uno de la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026,
RESUELVO:
Primero. Publicar la OEP del personal docente e investigador de la Universidad de A Coruña para el año 2026, como anexo.
Segundo. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.Dos.3.I) de la Ley 31/2022, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026, el 15 % del total de las 36 plazas de profesor/a permanente laboral y 19 plazas de titular de universidad, 8 de las plazas ofertadas (4 de profesor/a permanente laboral y 4 de profesor/a titular de universidad) se reservan para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3) dentro del Programa Ramón y Cajal.
En caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, las sobrantes podrán ofertarse a otras personas investigadoras de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan obtenido el certificado I3 o R3.
Las plazas objeto de reserva que queden vacantes podrán acumularse a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año.
Tercero. El artículo 59 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, prevé la reserva de vacantes ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el artículo 4.2 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE núm. 289, de 3 de diciembre), siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad, así como la compatibilidad en el desempeño de sus funciones. Por lo que, en la oferta de acceso libre, se reserva un número de plazas para personas con discapacidad que se distribuirá según se establece en el anexo de plazas objeto de esta oferta.
Los sistemas de selección se desarrollarán de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE núm. 303, de 17 de diciembre), por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
En los concursos se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de las personas con discapacidad.
Las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas en los procesos selectivos podrán acumularse al turno general.
Cuarto. Las convocatorias de los concursos de acceso derivados de esta oferta se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015.
Esta oferta de empleo incluye las necesidades de recursos humanos de carácter permanente en el ámbito docente e investigador con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, según se detalla en el anexo.
Esta oferta se realiza conforme a los requisitos establecidos en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2026.
El artículo 12.Dos de la Ley 4/2025, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, establece que la oferta de empleo público se adaptará a los límites y a los restantes requisitos que se establezcan en la normativa básica estatal, así como a lo dispuesto en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, sin perjuicio de las adaptaciones que se puedan derivar de la normativa básica.
La OEP de las mencionadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de A Coruña, ni a los demás límites fijados en la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (BOE núm. 103, de 30 de abril).
A Coruña, 25 de marzo de 2026
Ricardo Cao Abad
Rector de la Universidad de A Coruña
ANEXO
Oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universidad de A Coruña para el año 2026
1. Sistema de acceso libre.
1.1. Personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.
|
Cuerpo |
Turno general |
Discapacidad |
Número de plazas |
|
Profesor/a titular de universidad |
17 |
2 |
19 |
|
4 de las plazas se reservan para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3) dentro del Programa Ramón y Cajal. En caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas podrán ofertarse a otras personas investigadoras de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan obtenido el certificado I3 o R3. Las plazas objeto de reserva que queden vacantes podrán acumularse a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año. |
1.2. Personal docente e investigador laboral.
|
Modalidad de contratación |
Turno general |
Discapacidad |
Número de plazas |
|
Profesor/a permanente laboral |
34 |
2 |
36 |
|
4 de las plazas se reservan para la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3) o que haya obtenido el certificado como investigador/a establecido/a (R3) dentro del Programa Ramón y Cajal. En caso de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas podrán ofertarse a otras personas investigadoras de programas de excelencia, nacionales o internacionales, que hayan obtenido el certificado I3 o R3. Las plazas objeto de reserva que queden vacantes podrán acumularse a la convocatoria ordinaria de turno libre de ese mismo año. |
2. Sistema de acceso promoción interna.
2.1. Personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.Tres.4.b) de la Ley 31/2022 y en el artículo 71.2 de la Ley orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del sistema universitario, se incluyen en la OEP para el año 2026 las siguientes plazas por el procedimiento de promoción interna:
|
Cuerpo |
Turno general |
Discapacidad |
Número de plazas |
|
Catedrático/a de universidad |
16 |
0 |
16 |
