En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se procede a la publicación de las subvenciones concedidas en virtud de la Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026 (códigos de procedimiento TR807K y TR807L).
Finalidad de la subvención: esta orden tiene por objeto subvencionar planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.
En la línea 1: planes de formación, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales previstas en el artículo 5.1.a) de la orden de convocatoria.
En la línea 2: planes de formación, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desenvolvimiento de las funciones relacionadas con el diálogo social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia y la negociación colectiva promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales previstas en el artículo 5.1.b) de la orden de convocatoria.
Norma reguladora: Orden de 22 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al financiamiento de planes de formación dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, y se convocan en la Comunidad Autónoma de Galicia en el año 2026 (códigos de procedimiento TR807K y TR807L) (DOG núm. 9, de 15 de enero).
Aplicación presupuestaria 14.02.324A.481.2 código de proyecto 2020 00013.
Crédito presupuestaria: 584.213,00 € que se distribuye en:
a) 70 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de la línea 1: 408.949,10 euros.
b) 30 por ciento para las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación de la línea 2: 175.263,90 euros.
Santiago de Compostela, 28 de abril de 2026
Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales
ANEXO
Línea I (TR807K)
Organizaciones sindicales
|
Nº expte. |
NIF |
Entidad |
Cuantía |
|
TR807K 2026-01 |
G15103112 |
Sindicato Nacional de Comisións Obreiras de Galicia CC.OO. |
67.980,00 € |
|
TR807K 2026-02 |
G15383011 |
Unión General de Trabajadores de Galicia UGT |
68.158,18 € |
|
TR807K 2026-03 |
G79514378 |
Central Sindical Independente e de Funcionarios CSIF |
68.119,00 € |
|
Total |
204.395,18 € |
||
Organizaciones empresariais
|
Nº expte. |
NIF |
Entidad |
Cuantía |
|
TR807K 2026-04 |
G15080476 |
Confederación Empresarios de Galicia CEG |
204.163,00 € |
|
Total línea I |
408.420,18 € |
Línea II
Organizaciones sindicales
|
Nº expte. |
NIF |
Entidad |
Cuantía |
|
TR807L 2026-01 |
G78085149 |
Unión General de Trabajadores-Servizos Públicos de Galicia |
14.976,00 € |
|
TR807L 2026-02 |
G87582524 |
Unión General de Trabajadores-Federación de Industria, Construcción e Agro Galicia UGT FICA Galicia |
15.000,00 € |
|
TR807L 2026-03 |
G15103112 |
Sindicato Nacional de Comisións Obreiras de Galicia CC.OO. |
14.850,00 € |
|
TR807L 2026-04 |
G15312424 |
Federación de Trabajadores Independientes de Comercio Galicia Fetico Galicia |
14.960,40 € |
|
TR807L 2026-05 |
G79514378 |
Central Sindical Independente e de Funcionarios CSIF |
14.940,00 € |
|
TR807L 2026-06 |
G87589909 |
Federación Nacional Servizos, Mobilidade e Consumo de UGT Galicia (FeSMC UGT Galicia) |
15.000,00 € |
|
Total |
89.726,40 € |
||
Organizaciones empresariales
|
Nº expte. |
NIF |
Entidad |
Presupuesto concedido |
|
TR807L 2026-07 |
G36614774 |
Asociación de Industrias del Metal y Tecnologías Asociadas de Galicia |
14.937,60 € |
|
Total línea II |
104.664,00 € |
