Primero. La Orden de 8 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción clases A2 y B a la juventud gallega y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS321A), publicada en el Diario Oficial de Galicia número 157, de 19 de agosto, establece en su artículo 2, número 1, que el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, al no ser necesario realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas, concediéndose a todas aquellas personas solicitantes que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 5. Si el presupuesto previsto en la orden no es suficiente para proceder al pago de todas las ayudas solicitadas, se aplicará como criterio de prioridad la fecha de presentación.
El número 2 del mismo artículo 2 establece que en el momento en que se agote el crédito presupuestario, la consellería concedente lo publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web: xuventude.xunta.gal
Segundo. Dicha Orden de 8 de agosto de 2025 destina en su artículo 4 un presupuesto de 800.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.313A.480.10, de acuerdo con la Ley 4/2024, de 27 de diciembre, de presupuesto generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2025, crédito que no fue objeto de ampliación según lo previsto en la disposición adicional primera de la citada orden.
Tercero. De conformidad con lo expuesto, una vez resueltas parte de las solicitudes presentadas al amparo de la referida Orden de 8 de agosto de 2025, aplicando como criterio de prioridad la fecha de presentación, se constata que se agotó el presupuesto disponible para la concesión de las ayudas, excepto 150 euros, importe que no resulta suficiente para poder resolver favorablemente ningún otro expediente.
La última solicitud que se pudo conceder antes del agotamiento de crédito fue la correspondiente al expediente BS321A-2025-00003824-00, presentada en la sede electrónica, en los términos recogidos en el artículo 8 de la convocatoria, el día 4 de septiembre de 2025 a las 19.32 horas.
En virtud de lo anterior, una vez agotados los recursos económicos destinados a las ayudas previstas en la Orden de 8 de agosto de 2025, la persona titular de la Dirección General de Juventud, por delegación del conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud, de acuerdo con lo establecido en la disposición final primera de la citada orden,
RESUELVE:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del agotamiento del crédito disponible con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.313A.480.10 para las ayudas convocadas al amparo de la Orden de 8 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la obtención de los permisos de conducción clases A2 y B a la juventud gallega y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento BS321A).
Santiago de Compostela, 11 de mayo de 2026
El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
P.D. (Orden de 8.8.2025; DOG núm. 157, de 19 de agosto)
Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud
