En cumplimiento de lo ordenado en la base II.Bis de la Resolución de 5 de julio de 2023 (DOG núm. 129, de 7 de julio), modificada por la Resolución de 22 de enero de 2024 (DOG núm. 20, de 29 de enero) por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspección turística, esta consellería
RESUELVE:
Primero. Objeto y finalidad
El curso selectivo de formación establecido en la base II.Bis de la convocatoria del proceso para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspección turística, convocado por la Resolución de 5 de julio de 2023, modificada por la Resolución de 22 de enero de 2024, consistirá en la preparación para el ejercicio de las funciones específicas propias de esta escala.
En consecuencia, el curso selectivo de formación tendrá como finalidad la preparación de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones específicas de la Agencia de Turismo de Galicia en las materias siguientes:
- Presentación y estructura de la Agencia de Turismo de Galicia.
- Ley de turismo de Galicia. Ley 7/2011, de 27 de octubre.
- Empresas de alojamiento turístico.
- Establecimientos hoteleros (Decreto 57/2016, de 12 de mayo).
- Apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico (Decreto 12/2017, de 26 de enero).
- Turismo rural (Decreto 191/2004, de 29 de julio).
- Albergues turísticos (Decreto 48/2016, de 21 de abril).
- Campamentos de turismo (Decreto 159/2019, de 21 de noviembre).
- Empresas de restauración (Decreto 108/2006, de 15 de junio) y Decreto 179/2011, de 8 de septiembre, por el que se regula el régimen de precios y reservas de los establecimientos turísticos de alojamiento y restauración en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- La defensa de las personas consumidoras y usuarias: Real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
- El estatuto del turista: derecho a formular quejas, Normativa reguladora de las hojas de reclamaciones.
- La intermediación turística. Agencias de viajes (Decreto 42/2001, de 1 de febrero, y Decreto 25/2018, de 22 de febrero).
- Viajes combinados (Real decreto ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados).
- Turismo activo.
- Guías de turismo (Decreto 73/2015, de 7 de mayo).
- Registro de Empresas y Actividades Turísticas. RITGA y SIXITU Títulos municipales habilitantes, licencias y comunicación de inicio de obras. Procedimiento de otorgamiento y caducidad.
- Potestad sancionadora.
- La inspección turística.
Segundo. Organización y dirección
Se encomienda a la Agencia de Turismo de Galicia la organización y dirección del curso selectivo de formación.
Tercero. Destinos en prácticas
En atención a la finalidad del curso selectivo de formación establecido en las bases de la convocatoria del proceso selectivo, la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia dispondrá los departamentos o servicios administrativos en que el personal funcionario en prácticas recogido en el anexo I deberá realizar esta fase del proceso selectivo.
Durante el período de realización de este curso, las personas aspirantes serán nombradas personal funcionario en prácticas mediante una resolución de la consellería competente en materia de empleo público que se publicará en el Diario Oficial de Galicia. El nombramiento tendrá efectos desde la fecha del inicio del curso selectivo de formación.
La realización de esta formación, en calidad de personal funcionario en prácticas, no comporta en ningún caso el desempeño de un puesto de trabajo.
El personal funcionario en prácticas estará bajo la dependencia de la Agencia de Turismo de Galicia, bien en sus servicios centrales, bien en las diferentes áreas provinciales.
Cuarto. Duración y jornada de trabajo
Segundo lo dispuesto en la base II.Bis.2 de la convocatoria del proceso selectivo, el curso selectivo de formación tendrá una parte teórica y una parte práctica con una duración de dos (2) meses, que comenzará el día 1 de junio de 2026 y finalizará el 31 de julio de 2026, ambos incluidos.
La parte teórica se desarrollará en horario laboral para el personal de la Administración de la Xunta de Galicia, los días 3, 10, 17 y 23 de junio y 1, 6, 13, 20 y 27 de julio, en la Escuela Gallega de Administración Pública, sita en la calle Madrid, 2-4 de Santiago de Compostela.
La parte práctica del curso tendrá lugar en los días restantes del período indicado anteriormente.
Quinto. Sistema de calificación
Terminado el curso, las personas aspirantes tendrán que superar una prueba teórica, que tendrá lugar el 27 de julio a las 13.00 horas, donde acrediten los conocimientos adquiridos. Según lo dispuesto en la base II.Bis.3 de la convocatoria del proceso selectivo, el curso selectivo de formación se valorará como apto o no apto y para superarlo será necesario obtener el resultado de apto.
Una vez finalizado el curso selectivo de formación, el personal funcionario nominado coordinador de las prácticas por la persona titular de la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia, bajo cuya dependencia prestaron servicio, remitirá a esta un informe en el que manifieste expresamente si el personal funcionario en prácticas cumplió o no satisfactoriamente con la formación y tareas encomendadas.
La declaración definitiva de apto/a o no apto/a competerá al tribunal calificador del proceso selectivo, previo informe-propuesta de la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia.
Para la evaluación del curso selectivo de formación es preciso que el personal funcionario en prácticas realice por lo menos el 90 % de la duración total de la formación. En caso de que no fuera posible por causa de fuerza mayor debidamente justificada, quedarán dispensados/as de hacerlo, previa solicitud de la persona interesada, mediante resolución de la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia. En su caso, estas personas quedarán obligadas a realizar el período de prácticas tras la desaparición de la causa impeditiva, con la prelación que les corresponda atendiendo a la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Sexto. No superación del período de prácticas
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo de formación perderán todos sus derechos para el nombramiento como personal funcionario de carrera, por resolución motivada de la autoridad que efectuara la convocatoria a propuesta de la Dirección de la Agencia de Turismo de Galicia, oída la Comisión de Personal.
Séptimo. Situación durante el período de prácticas
Durante el período de prácticas el personal aspirante será nombrado personal funcionario en prácticas con la situación jurídica prevista en los artículos 16 y 17 del Decreto 95/1991, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y demás disposiciones de aplicación.
Octavo. Régimen disciplinario
El personal funcionario en prácticas estará sometido a lo dispuesto en el Reglamento de régimen disciplinario de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 94/1991, de 20 de marzo, en los términos establecidos en su artículo 1.1.
Noveno.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella se podrá recurrir potestativamente en reposición, ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOG, o se podrá impugnar directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 21 de mayo de 2026
El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020; DOG núm. 16, de 24 de enero)
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
ANEXO I
Relación de personas aspirantes convocadas para la realización del curso selectivo de formación en el proceso selectivo para el ingreso, por los turnos de acceso libre y de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspección turística, convocado mediante la Resolución de 5 de julio de 2023 y modificada por la Resolución de 22 de enero de 2024
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DNI |
Apellidos y nombre |
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***9155** |
López Martínez, María del Pilar |
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***2164** |
Díaz Gayoso, Lucía María |
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***0604** |
Carballo Neira, Mónica |
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***8094** |
Rodríguez Pérez, Cristina |
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***4542** |
Martín López, Noelia María |
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***2102** |
Martínez Montes, Mónica |
