DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Jueves, 28 de mayo de 2026 Pág. 31034

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 46/2026, de 18 de mayo, por el que se aprueba el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de O Grove, del tramo final de la carretera PO-316, con inicio en el p.k. 4+440 y final en el p.k. 5+510, con su dominio público viario.

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LEG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras, previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG) dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forman parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente

El convenio de colaboración firmado el día 6.4.2026 entre la Agencia Gallega de Infraestructuras y el Ayuntamiento de O Grove para llevar a cabo la humanización de un tramo urbano de la PO-316, calle Luis A. Mestre, recoge el compromiso del Ayuntamiento de asumir la titularidad de todo el dominio público viario del tramo de la PO-316, desde el p.k. 4+440 hasta el p.k. 5+510.

La carretera PO-316, con la excepción de su tramo final (p.k. 4+440 al p.k. 5+510), tiene categoría funcional de red estructurante, ya que forma parte del itinerario que conecta el núcleo urbano de O Grove con la región y área urbana de Pontevedra. El tramo final de la PO-316, del p.k. 4+440 al p.k. 5+510, con categoría funcional de red local, carece de funcionalidad dentro de la Red autonómica de carreteras de Galicia (RACG), ya que presenta un marcado carácter local y urbano.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad, a favor del Ayuntamiento de O Grove, del tramo final de la carretera PO-316, con inicio en el p.k. 4+440 y final en el p.k. 5+510, con su dominio público viario:

Tramo

Inicio

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Final

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29N)

Longitud (m)

Tramo final

de la PO-316

PK 4+440

de la PO-316

X = 511.229

y = 4.703.321

PK 5+510

de la PO-316

X = 510.973

y = 4.704.327

1.049

Artículo 2

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio (DOG núm. 129, de 8 de julio), suprimiendo el tramo final de la carretera PO-316, que queda reflejado de la siguiente manera:

Clave

Denominación

Tramo

PQi

PQf

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-316

A Lanzada

(PO-550)-

O Grove

(PO-312)

A Lanzada (PO-550)- O Grove (PO-312)

0+000

4+440

4,44

4,44

Estructurante

Carretera

convencional

Pontevedra

El documento del Catálogo y sus modificaciones se pueden consultar en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 3

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la LCG, el Ayuntamiento de O Grove deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 4

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esa acta de entrega y sus planos podrán consultarse en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 5

Corresponden al Ayuntamiento de O Grove, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del tramo de la vía transferido, así como el ejercicio de las funciones de disciplina vial y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular del tramo.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras