Antecedentes:
Primero. Mediante escrito de 5 de mayo de 2026, Manuel Villanueva González (***9203**) solicitó la autorización para la transmisión inter vivos del pleno dominio de la mitad indivisa de la concesión administrativa de la batea Villa III.
Segundo. La persona interesada aportó la documentación requerida para la tramitación.
Tercero. El informe de la Subdirección General de Acuicultura sobre la tramitación del expediente es favorable.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente, de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), y con la Orden de 21 de febrero de 2022 sobre delegación de competencias en diversos órganos de dirección de la Consellería del Mar y en la Presidencia de la entidad pública empresarial Puertos de Galicia (DOG número 41, de 1 de marzo).
Segunda. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).
De acuerdo con todo lo indicado,
RESUELVO:
Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Julio Villanueva González (***9122**), del pleno dominio de la mitad indivisa de la concesión administrativa de la siguiente batea:
Nombre: Villa III.
Situación:
Cuadrícula número: 88.
Polígono: A.
Distrito: Bueu (Pontevedra).
Especie autorizada: mejillón (Mytilus galloprovincialis).
Título administrativo habilitante: concesión de actividad.
Orden de otorgamiento: 3.6.1968.
Fin de la vigencia: 15.12.2029.
Actuales titulares: Julio Villanueva González (***9122**) y Manuel Villanueva González (***9203**).
Nuevo titular: Julio Villanueva González (***9122**).
Bajo las siguientes condiciones:
Primera. El actual titular del pleno dominio de la mitad indivisa, Manuel Villanueva González (***9203**), deberá presentar, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, la siguiente documentación:
a) Documento notarial de la transmisión o donación.
b) Justificante del pago del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados o sobre sucesiones y donaciones.
Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.
Tercera. El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores, desde el momento de la formalización de la compraventa en escritura pública y, especialmente, queda subrogado en todas las obligaciones contraídas por el transmitente en relación con la subvención tramitada, concedida y percibida mediante el expediente PE205F-2025-00044, en concepto de subvenciones para inversiones productivas en el ámbito de la acuicultura, por importe de 31.500,00 €. Asimismo, el nuevo titular se compromete a no efectuar ninguna modificación fundamental de las establecidas en el artículo 65 del Reglamento (UE) no 2021/1060, de 24 de junio (DOUEL número 231, de 30 de junio).
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Consellería del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE número 167, de 14 de julio).
Vigo, 25 de mayo de 2026
La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 21.2.2022)
Maria Elena Suárez Sarmiento
Directora territorial de Vigo
