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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Jueves, 4 de junio de 2026 Pág. 32431

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2026 por la que se convocan actividades de formación continua del Instituto de Economía Pública de Galicia (IEP) para el personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia y de las entidades locales, así como para el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

Aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2026 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la EGAP, procede convocar las actividades de formación continua del Instituto de Economía Pública de Galicia (IEP) correspondientes al segundo semestre del año 2026 para el personal al servicio de la Administración general autónomica de Galicia, de la Administración institucional y de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico, de las entidades locales y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (en adelante, SUG), que se detallan en los anexos de esta resolución.

Por lo expuesto, y en virtud de la competencia atribuida por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública,

RESUELVO:

Convocar las actividades formativas que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse con arreglo a las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2026

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Requisitos de los/las participantes

1. Podrá participar en las actividades formativas convocadas en esta resolución el personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional de Galicia enunciadas en el apartado a) del artículo 45 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia y de las entidades locales de Galicia, así como el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del SUG, que se encuentre en situación de servicio activo (incluido el personal que tenga concedido un permiso por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral) y que reúna los requisitos establecidos en esta convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

2. Está exceptuado el personal docente de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional; el personal de las escalas de los cuerpos de la policía de Galicia, policía local y bomberos, y el personal del Servicio Gallego de Salud, no entendiendo por tal a los/las empleados/as públicos/as de la escala de salud pública y Administración sanitaria creada por la Ley 17/1989, de 23 de octubre, de creación de escalas de personal sanitario al servicio de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán ofertar actividades formativas al personal empleado público perteneciente a otras entidades, organismos e instituciones públicas, cuando así se establezca en el epígrafe «personal destinatario» de la actividad formativa.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada unha de ellas se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <https://egap.xunta.gal>

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 12 de junio de 2026.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo se podrán realizar mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <https://egap.xunta.gal/matricula> desde las 9.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. El número máximo de actividades formativas que se pueden solicitar se limita a tres.

4. En las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia la presentación de la solicitud para participar en estas comportará el consentimiento de la persona interesada para la grabación de las sesiones en la plataforma de telepresencia. Esta grabación tendrá por único fin el de poder ser empleadas por el alumnado del curso como recurso formativo y para la resolución de posibles reclamaciones.

Únicamente podrá acceder a las sesiones el personal docente y el alumnado del curso, así como personal de la EGAP autorizado con los fines previstos por la normativa vigente en materia de protección de datos.

Las grabaciones serán borradas una vez que finalice el curso con las únicas excepciones que estén previstas en la normativa vigente en materia de protección de datos.

5. No está permitido realizar actividades de formación que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales o telepresenciais de las actividades. Cuando la/el alumna/o tenga conocimiento de que fue seleccionada/o para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en que ya fue seleccionada/o, debe renunciar a uno de ellos. En caso de que se compruebe con posterioridad que una persona realizó simultáneamente varias actividades, no se le expedirá certificación de ninguna de ellas y pasará al final de los listados de todas las actividades formativas que solicite y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

6. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cumplimentados correctamente los datos precisos para realizar el proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

7. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de los listados de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

8. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

9. Las personas solicitantes de actividades impartidas en la modalidad de teleformación y telepresencia deberán disponer de una cuenta de correo electrónico cuya dirección tendrán que indicar en la solicitud y de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web actualizado.

– Altavoces y micrófono.

Para las actividades impartidas en la modalidad de telepresencia contarán, además, con un manual de usuario en la página web de la EGAP en el siguiente enlace: <https://egap.xunta.gal/formulariosrecursos>, donde se indica como acceder a esta plataforma de telepresencia y los componentes que el equipo necesita para un funcionamiento básico de la plataforma.

10. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad o permisos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral), de acuerdo con los criterios de selección, podrán remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario solo serán considerados los datos aportados por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

11. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 63 35, 981 54 62 53, 981 54 62 54, 981 54 62 57, 981 54 62 73 y 881 99 70 44 en horario de atención al público (de 9.00 a 14.00 horas) y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

Cuarta. Comprobación de datos

1. Los datos personales proporcionados por las personas interesadas para la gestión de las solicitudes de participación en las acciones formativas convocadas a través de esta resolución, así como aquellos otros que se recojan o elaboren con motivo del desarrollo de esta, serán tratados por la EGAP en su condición de responsable del tratamiento, con la finalidad de llevar a cabo la selección del alumnado, la impartición de la formación y la gestión general de esta.

La legitimación para el tratamiento de los datos es el cumplimiento de una misión realizada en interés público, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.1.e) del Reglamento general de protección de datos (RGPD), en base a lo dispuesto en la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, y fundamentada en un interés público esencial (artículo 9.2.g) del RGPD. Los datos identificativos de las personas seleccionadas para participar en las antedichas acciones formativas serán publicados conforme a lo detallado en la base sexta de esta resolución. Asimismo, los datos de los alumnos y alumnas relativos a su participación en esta acción formativa podrán ser comunicados a los órganos de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia cuando sea estrictamente necesario para el ejercicio de sus competencias.

Las sesiones de los cursos impartidos en la modalidad de telepresencia serán grabadas con la finalidad de ofrecer al alumnado la posibilidad de su visionado posterior como material de estudio, así como para la resolución de posibles reclamaciones. En todo caso, el alumnado, si lo estima oportuno, podrá desactivar su cámara y/o micrófono y participar a través del chat de acuerdo con las indicaciones de la persona docente. Dichas grabaciones se conservarán a disposición del alumnado y profesorado durante el tiempo que dure la acción formativa o, en su caso, hasta que finalice la evaluación del alumnado. La retransmisión de las sesiones formativas y la grabación de estas podrá ser accesible únicamente al profesorado y alumnado a que van dirigidas y al personal de la EGAP autorizado.

Se prohíbe expresamente la descarga, la difusión, la distribución o la divulgación de las grabaciones y particularmente su compartición en redes sociales, ya que estos usos pueden conculcar el derecho a la protección de datos, el derecho a la propia imagen y los derechos de propiedad intelectual, y podrían generar responsabilidad disciplinaria, administrativa o civil. Las grabaciones no podrán ser usadas para otros fines fuera del ámbito docente.

Las personas interesadas podrán solicitar ante la persona responsable del tratamiento el acceso, la rectificación, la limitación y la supresión de sus datos, así como oponerse a su tratamiento por motivos relacionados con su situación particular, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se recoge en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos. El contacto del/de la delegado/a de protección de datos y la información adicional se consulta en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos

2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para tramitar el procedimiento de selección se consultarán automáticamente los datos de las personas solicitantes de las acciones formativas necesarios para realizar el proceso de selección, salvo que la persona interesada se hubiera opuesto a ello.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo expresamente, incluyendo los motivos de oposición relacionados con su situación particular y enviar los documentos que indiquen su situación administrativa, tipo de personal y antigüedad en la Administración a través de la siguiente dirección electrónica: <xestion.egap@xunta.gal>

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

5. La EGAP podrá pedir las certificaciones necesarias para realizar la selección de acuerdo con los criterios recogidos en esta convocatoria.

Quinta. Criterios de selección

1. Los criterios de selección que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 10 de mayo de 2023 (DOG núm. 96, de 23 de mayo) y posteriores modificaciones, sin perjuicio de los criterios específicos establecidos en el epígrafe «persoal destinatario» de cada actividad formativa incluida en el anexo II de esta resolución.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG núm. 58, de 25 de marzo). Para el año 2026, según la Resolución de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de 22 de enero (DOG núm. 16, de 26 de enero), se comenzará por la letra M.

2. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso, podrá completarse el número de alumnos/as asignado mediante la apertura de un nuevo plazo, lo que se hará público en la página web de la EGAP.

Sexta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> una relación de las personas admitidas, en reserva y excluidas para participar en cada curso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El plazo de presentación de alegaciones será de diez días desde su publicación, de acuerdo con el artículo 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. Tras transcurrir el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <https://egap.xunta.gal> el listado definitivo de personas admitidas en el curso. Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde dicha publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Cambios o sustituciones en la selección. La renuncia. La asistencia y el seguimiento de las actividades

1. En ningún caso serán admitidos cambios o relevos entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas podrán renunciar a la actividad formativa. La renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP. En la página web de la Escuela está disponible un modelo de renuncia.

– Para formalizar la renuncia se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>

– El plazo para presentar el escrito de renuncia se iniciará a partir de la publicación del listado de personas admitidas, en reserva y excluídas, y finalizará tres días antes del inicio de la actividad formativa.

b) Las personas que incumplan el plazo previsto pasarán al final de los listados de reserva de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad, excepto que la renuncia tenga alguna de las causas siguientes:

• Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

• Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los/las responsables de los centros directivos.

• Por razones de conciliación familiar.

• Por otras causas justificadas documentalmente.

3. La asistencia y el seguimiento de las actividades formativas:

3.1. Seguimiento de las actividades presenciales y telepresenciais:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas telepresenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo antedicho perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales o telepresenciales pasarán al final de los listados de reserva de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3.2. Seguimiento de las actividades de teleformación y de telepresencia:

Las personas que no superen el 50 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de reserva de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de finalización de esta actividad.

3.3. Seguimiento de las actividades de modalidad mixta (teleformación y telepresencial/presencial):

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas presenciales y/o telepresenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días, contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo antedicho perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas pasarán al final de los listados de reserva de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. La asistencia y la puntualidad:

Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación. En ningún caso se admitirán cambios en la asignación de turnos de las pruebas, excepto que concurra alguna de las causas contempladas en el apartado 2.b) de la base séptima.

Para poder hacer la prueba de evaluación, cada participante debe recordar la contraseña que le permite entrar en el aula virtual, que coincide con la que le da acceso a la zona de matrícula.

Las personas que no se presenten a las pruebas en el turno asignado perderán el derecho al certificado de superación de la prueba.

Octava. Superación de la actividad formativa

Para poder superar las actividades formativas será necesario cumplir los siguientes requisitos obligatorios en su totalidad:

a) Para las actividades presenciales y telepresenciales: cumplir con el porcentaje de asistencia indicada en el punto 3.1, apartado c), de la base séptima y superar la prueba de evaluación que se realizará al final de ellas.

b) Para las actividades de teleformación:

– La adecuada realización de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas y superadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final.

– La superación de una prueba de evaluación final.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas en que estas tendrán lugar. En las actividades en modalidad de teleformación, las pruebas de evaluación finales serán en línea. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y de las horas de la prueba final.

Novena. Certificado de aprovechamiento

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe declarando apto/a o no apto/a a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

En caso de no superar la prueba, tampoco se facilitará certificado de asistencia.

Décima. Facultades de la EGAP

1. La EGAP resolverá aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y en la gestión de las actividades formativas y puede suprimir alguna, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otras actividades diferentes cuando así lo exijan las circunstancias que afecten a su organización o docencia. También le corresponde a la EGAP proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

2. La ejecución material de las actividades queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

3. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP se reserva el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

4. La EGAP podrá modificar los contenidos, el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir. Todas las modificaciones que afecten al desarrollo de las actividades serán anunciadas en la página web de la Escuela.

5. La EGAP garantizará en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código

Denominación

Personal destinatario

Horas

Plazas

Modalidad

Fecha de Inicio.

Fecha de fin

Fecha y hora del examen final

Régimen jurídico y actividad financiera de las administraciones públicas

IE26022

La gestión de las subvenciones públicas en Galicia

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

40

40

Teleformación + Telepresencia

De 15.9.2026 a 19.10.2026.

Sesiones de telepresencia: 23, 30 de septiembre y 7 y 14 de octubre de 17.00 a 19.30 horas.

22.10.2026
17.00 horas

IE26023

Cláusulas sociales en la contratación pública

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

15

40

Telepresencia

23, 24, 28, 29 y 30 de septiembre, de 16.30 a 19.30 horas.

30.9.2026
19.00 horas

IE26024

Fiscalidad del patrimonio familiar

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

30

50

Teleformación

14.9.2026

15.10.2026

19.10.2026
17.00 horas

IE26025

Aplicación práctica del impuesto sobre la renta de las personas físicas

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

25

50

Teleformación

5.10.2026

29.10.2026

3.11.2026
17.00 horas

IE26026

Impuesto sobre el valor añadido

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

25

50

Teleformación

14.9.2026

9.10.2026

14.10.2026
17.00 horas

IE26027

Integridad y prevención en la contratación pública

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

24

50

Teleformación

5.10.2026

28.10.2026

2.11.2026
19.00 horas

IE26028

Introducción a la auditoría pública

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

30

40

Teleformación + telepresencia

De 30.10.2026 a 30.11.2026.

Sesiones de telepresencia: 2, 9, 16 y 23 de noviembre de 16.30 a 19.00 horas.

3.12.2026

17.30 horas

IE26029

Nociones básicas de los procedimientos de la Ley general tributaria

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional; de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

30

50

Teleformación

15.9.2026

16.10.2026

21.10.2026
17.00 horas

IE26030

El impuesto sobre sucesiones y donaciones: figuras específicas

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

50

50

Teleformación

8.9.2026

3.11.2026

9.11.2026

18.00 horas

IE26031

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados: figuras específicas

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

50

50

Teleformación

21.9.2026

13.11.2026

17.11.2026
18.00 horas

IE26032

Práctica de infracciones y sanciones tributarias

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

30

50

Teleformación

19.10.2026

19.11.2026

23.11.2026
17.00 horas

IE26033

Tributos propios y tributos cedidos

Personal al servicio de la Administración pública de la Comunidad Autónoma, de las entidades públicas instrumentales, de la Administración institucional de Galicia, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).

25

50

Teleformación

1.10.2026

26.10.2026

30.10.2026
17.00 horas

IE26036

Inteligencia artificial aplicada a los procedimientos tributarios

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional, de las entidades locales y el personal técnico, de gestión y de administración y servicios (PTGAS) de las universidades del Sistema universitario de Galicia (SUG).
Se priorizará al personal de la Atriga y de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.

30

50

Teleformación

26.10.2026

25.11.2026

30.11.2026
19.30 horas

Administración electrónica, protección de datos e calidade administrativa

IE26034

Sistema de información tributaria (Xeito) y expediente tributario electrónico

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

30

30

Telepresencia

5, 6, 7, 13, 14, 19, 20, 21, 26 y 27 de octubre de 16.30 a 19.30 horas.

27.10.2026
19.00 horas

IE26035

Notificaciones en el sistema de información tributaria Xeito

Personal al servicio de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, de las entidades públicas instrumentales y de la Administración institucional.

20

30

Teleformación + telepresencia

De 4.11.2026 a 16.11.2026.

Sesiones de telepresencia: 4, 6, 11 y 13 de noviembre de 11.00 a 13.00 horas..

19.11.2026
19.30 horas