Mediante la Orden de 29 de diciembre de 2025, de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (DOG núm. 14, de 22 de enero de 2026), se establecieron las bases reguladoras del Programa de incentivos a las empresas de inserción y a sus entidades promotoras, y se procedió a su convocatoria para la anualidad de 2026.
La citada orden establece en su artículo 4, en el que se recoge la financiación, la posibilidad de ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles. El incremento de crédito está condicionado a la declaración de disponibilidad a consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio, o de una transferencia de crédito, todo ello de acuerdo con lo estipulado en el artículo 30 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En consecuencia, como existen dotaciones procedentes de fondos finalistas del Estado, de crédito libre y remanentes de otras convocatorias y con la finalidad de hacer llegar las ayudas al mayor número de personas o entidades beneficiarias posible, conforme al artículo 30 del Decreto 11/2009, do 8 de enero, es preciso ampliar el importe total de los créditos destinados a las ayudas que se van a conceder al amparo de los programas I y II de la Orden de 29 de diciembre de 2025.
Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1. Incremento de financiación
Se incrementa en 550.000 euros el importe total destinado a la concesión de las ayudas de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a las empresas de inserción y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para la anualidad de 2026 (DOG núm. 14, de 22 de enero de 2026), con la siguiente distribución:
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Ampliación de crédito |
Total |
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Aplicación presupuestaria |
Código de proyecto |
Descripción |
Importe |
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14.04.324C.470.5 |
2015 00561 |
Ayudas al mantenimiento del coste salarial |
541.000 € |
550.000 € |
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14.04.324C.481.5 |
2015 00561 |
Ayudas para compensar costes adicionales |
9.000 € |
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Este incremento de la dotación presupuestaria se atiende con fondos finalistas de otras convocatorias de programas de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración. Estos créditos, mediante la autorización de las oportunas modificaciones presupuestarias, han sido transferidos al código de proyecto 2015 00561.
Artículo 2. Plazo de solicitudes
Esta modificación no afecta a los plazos establecidos para la presentación de solicitudes en la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a las empresas de inserción y a sus entidades promotoras, y se procede a su convocatoria para la anualidad de 2026.
Artículo 3. Plazo de justificación de las acciones subvencionables
La fecha máxima de la presentación de la solicitud de pago y justificación de las acciones subvencionables será la que se señale en la resolución de concesión.
Disposición final. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de junio de 2026
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
