En la sesión que tuvo lugar el 23 de junio de 2026, el tribunal nombrado por la Resolución de 17 de julio de 2023 (DOG núm. 14, de 24 de julio) para calificar el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, para el ingreso en el cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala técnica de agentes técnicos facultativos, especialidad educación infantil, convocado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 (DOG núm. 245, de 27 de diciembre), modificada por la Resolución de 20 de enero de 2023 (DOG núm. 15, de 23 de enero) y por la Resolución de 6 de febrero de 2023 (DOG núm. 26, de 7 de febrero),
ACORDÓ:
Primero. Mediante la Resolución de 25 de septiembre de 2025 (DOG núm. 197, de 13 de octubre), este tribunal acordó elevar a la persona titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal el listado de las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021 para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, en el cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala de agentes técnicos facultativos, especialidad de educación infantil.
El 22 de junio de 2026, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal requiere a este tribunal que proponga a una nueva persona aspirante, ya que la propuesta con el número 63, Blanco Costa, Cristina (**7174**), no acreditó la totalidad de los requisitos requeridos, por lo que decayó en sus derechos respecto del citado proceso selectivo.
La base IV.6 de la convocatoria dispone que: «El orden de prelación de las personas aspirantes vendrá dado por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y en la fase de concurso. No podrá superar el proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas. No obstante, para asegurar la cobertura de las vacantes, si se produjeren renuncias de las personas seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir una relación complementaria de las personas que sigan por puntuación a las propuestas. A estos efectos, tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos de las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, excepto los casos de fuerza mayor, no tomen posesión efectiva o no presenten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos o de su examen se deduzca que carecen de alguno de ellos y que, en consecuencia, no puedan ser nombradas personal funcionario de carrera».
Por todo ello, este tribunal acuerda modificar la relación de personas aspirantes que superaron el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021 para el ingreso, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición, en el cuerpo de técnicos de carácter facultativo de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo C1, escala de agentes técnicos facultativos, especialidad de educación infantil. La modificación consiste en eliminar a la persona aspirante decaída, incorporar a una nueva persona aspirante que superó el proceso selectivo y renumerar el orden de prelación desde el puesto número 63, atendiendo al orden de las puntuaciones obtenidas en el mismo. Esta relación complementaria se hace pública como anexo I, con indicación del documento nacional de identidad o equivalente de la nueva aspirante (con las limitaciones previstas en la normativa en materia de protección de datos de carácter personal).
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en la base VI.2 de la convocatoria y de acuerdo con el Informe de 9 de octubre de 2024, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, sobre la aplicación de la tramitación de urgencia a los procesos selectivos de estabilización de la Ley 20/2021, conforme al artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la disposición adicional séptima de la Ley 5/2022, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público de la Comunidad Autónoma de Galicia, la nueva persona aspirante que superó el proceso selectivo dispondrá de un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, para presentar los documentos previstos en dicha base, en caso de que no hubieran sido presentados o validados previamente.
Tercero. Elevar dicha relación complementaria de personas aspirantes a la persona titular de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal para que las personas afectadas sean propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera.
Cuarto. Contra estos acuerdos se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 23 de junio de 2026
Manuel Lage Cobas
Presidente del tribunal
ANEXO I
Relación complementaria de personas aspirantes
que superaron el proceso selectivo
Convocatoria: C1 (concurso-oposición).
Cuerpo/categoría: cuerpo de técnicos de carácter facultativo, escala de agentes técnicos facultativos, especialidad de educación infantil (208J).
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Nº de orden |
DNI/NIE |
Apellidos y nombre |
Turno |
Puntuación |
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87 |
***6132** |
Lires Blanco, Andrea |
Libre |
54,250 |
