Por la Resolución de 22 de diciembre de 2022 se convocó el proceso selectivo extraordinario de estabilización derivado de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso, para el ingreso en el cuerpo auxiliares de carácter técnico de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, entre otras la especialidad de bombero forestal, subgrupo C2 (Diario Oficial de Galicia número 244, de 26 de diciembre).
Por otra parte, el 19 de enero de 2026 se publicó la Resolución de 16 de enero de 2026 por la que se procede al nombramiento como personal funcionario de carrera del cuerpo de auxiliares de carácter técnico, subgrupo C2, escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad bombero forestal, de las personas aspirantes que superaron diversos procesos selectivos.
Entre los aspirantes propuestos está Juan José Pérez Crespo, DNI **1480**, que con fecha 20 de enero de 2026 tomó posesión en el puesto denominado «bombero/a forestal», código MR.C99.50.042.15660.045, en la comarca forestal Barbanza-O Sar, en A Pobra do Caramiñal, perteneciente a la Consellería del Medio Rural.
Juan José Pérez Crespo, con fecha 8 de junio de 2026, solicitó la renuncia a la condición de funcionario de carrera en el cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala de auxiliar del SPDCIF, especialidad bombero/a forestal.
El artículo 65 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, contempla como una de las causas de la pérdida de la condición de personal funcionario de carrera la renuncia, que será aceptada siempre que el funcionario la manifieste por escrito y no esté sujeta a expediente disciplinario o se dicte en su contra un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. Por lo tanto,
DISPONGO:
Aceptar la renuncia de Juan José Pérez Crespo a su condición de funcionario de carrera del cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad bombero forestal.
Conforme a lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición ante la persona titular de la Consellería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o podrá formularse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 22 de junio de 2026
El conselleiro de Hacienda y Administración Pública
P.D. (Orden de 8.1.2020; DOG núm. 16, de 24 de enero)
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
