En sesión que tuvo lugar el 27 de mayo de 2026, el tribunal nombrado por la Resolución de 3 de diciembre de 2025 (DOG núm. 237, de 9 de diciembre) y modificado por la Resolución de 23 de diciembre de 2025 (DOG núm. 251, de 30 de diciembre) para calificar este proceso selectivo,
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria y con lo dispuesto en los criterios de corrección, valoración y superación del segundo ejercicio del proceso selectivo aprobados por el tribunal en la sesión que tuvo lugar el 5 de mayo de 2026, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de veinticinco (25) puntos.
Segundo. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso mediante el sistema de oposición, por el turno de acceso libre, en el cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de maestros de taller de institutos politécnicos marítimos-pesqueros, especialidad de servicios al buque, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.1.3 de la convocatoria, las personas aspirantes que superaron el segundo ejercicio dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar la documentación justificativa de estar en posesión del Celga 4 o título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero). La acreditación deberá tramitarse a través de la aplicación Fides (https://fides.xunta.gal) en el apartado «Expediente-e: Idiomas-Gallego». No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya haya acreditado la posesión del Celga requerido y así conste en el listado de personas aspirantes publicado, con esta resolución, por la Dirección General de la Empleo Público y Administración del Personal en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 25 de junio de 2026
Manuel Romero Gómez
Presidente del tribunal
