El Diario Oficial de Galicia número 238, de 18 de diciembre de 2023, publica la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D).
El Diario Oficial de Galicia número 37, de 21 de febrero de 2024, publica la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2024 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028.
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 13 de diciembre de 2023, la revisión de los precios o de los módulos económicos se efectuará mediante una resolución dictada al efecto por el órgano competente, que deberá ser publicada en el Diario Oficial de Galicia. Así, el 14 de julio de 2026, la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad, por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social e Igualdad, dicta la resolución de revisión de los módulos económicos.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar que se publique en el Diario Oficial de Galicia el contenido íntegro de la Resolución de 14 de julio de 2026 por la que se revisan los módulos económicos establecidos en la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D), que se adjunta a la presente resolución como anexo.
Segundo. Comunicar que la resolución de revisión de los módulos económicos agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de dicha publicación.
Santiago de Compostela, 24 de julio de 2026
Begoña Abeijón Fernández
Directora general de Personas con Discapacidad
ANEXO
Resolución por la que se revisan los módulos económicos establecidos en la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D)
El Diario Oficial de Galicia número 238, de 18 de diciembre de 2023, publica la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D).
El Diario Oficial de Galicia número 37, de 21 de febrero de 2024, publica la Resolución de la Dirección General de Personas con Discapacidad, de 9 de febrero de 2024, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2024 por la que se asigna el concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028.
El artículo 37.1.b) del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen de conciertos sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia indica que los precios o módulos económicos fijados en la convocatoria del concierto social podrán ser revisados cuando se produzca una variación sustancial en los costes del servicio con respecto a las condiciones económicas del concierto social.
La Orden de 13 de diciembre de 2023 establece que los módulos económicos serán revisables conforme a las variaciones económicas del Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, con las limitaciones que la normativa vigente establezca, así como cuando se produzca una variación sustancial en los costes que implique una alteración sustancial del equilibrio económico del concierto social.
Asimismo, dispone que la revisión de los precios o de los módulos económicos se efectuará mediante resolución dictada al efecto por el órgano competente, que deberá ser publicada en el Diario Oficial de Galicia.
El 9 de abril de 2025 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVI Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, que determina un incremento en las retribuciones salariales de las personas incluidas en su ámbito de aplicación para las anualidades 2025 a 2028.
Mediante la Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Personas con Discapacidad, se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 237, de 9 de diciembre, la Resolución de 17 de noviembre de 2025 por la que se revisan los módulos económicos fijados en la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D), conforme a los incrementos retributivos propuestos para el año 2025 en el XVI Convenio colectivo.
De conformidad con el artículo 37.1.b) del Decreto 229/2020, de 17 de diciembre, y con la Orden de 13 de diciembre de 2023, y teniendo en cuenta el incremento retributivo establecido en el XVI Convenio colectivo para el año 2026,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la revisión de los módulos económicos establecidos en la Resolución de 17 de noviembre de 2025 por la que se revisan los módulos económicos fijados en la Orden de 13 de diciembre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras del concierto social para la reserva y ocupación de plazas en servicios de atención diurna y de atención residencial para personas dependientes con parálisis cerebral para el período 2024-2028, y por la que se convocan mediante tramitación anticipada de gasto (código de procedimiento BS632D).
El incremento de precios asciende a 303.821,61 € y se financiará con cargo a la aplicación de gastos 08.04.312D.228.2 de la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2026 y a la aplicación que corresponda para los años 2027 y 2028, con la siguiente distribución:
|
Presupuesto 2026 |
Presupuesto 2027 |
Presupuesto 2028 |
Total presupuesto |
|
140.231,53 € |
140.231,53 € |
23.358,55 € |
303.821,61 € |
El desglose por entidad y servicio concertado figura en el anexo de esta resolución.
Segundo. Los nuevos módulos económicos son los siguientes:
|
Servicio |
Precio sin IVA |
IVA (4 %) |
Precio total |
|
020301 Servicio de atención diurna terapéutica |
1.652,62 €/mes |
66,10 € |
1.718,72 €/mes |
|
020302 Servicio de atención diurna terapéutica de media estadía |
825,08 €/mes |
33,00 € |
858,08 €/mes |
|
020306 Servicio de atención diurna ocupacional |
992,07 €/mes |
39,68 € |
1.031,75 €/mes |
|
020309 Servicio de atención residencial terapéutica-Internado 365 días |
3.962,48 €/mes |
158,50 € |
4.120,98 €/mes |
|
020309 Servicio de atención residencial terapéutica-Respiro 130 días |
192,63 €/día |
7,71 € |
200,34 €/día |
|
020309 Servicio de atención residencial terapéutica-Respiro 104 días |
192,63 €/día |
7,71 € |
200,34 €/día |
Tercero. Los efectos económicos de la revisión de los módulos económicos serán desde el 1 de enero de 2026 hasta el 29 de febrero de 2028.
Las liquidaciones sucesivas se deberán ajustar a los nuevos módulos económicos y las correspondientes a los períodos anteriores a la revisión serán objeto de regularización conforme a la presente actualización de precios.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien, interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de dicha publicación.
Santiago de Compostela, 14 de julio de 2026. La conselleira de Política Social e Igualdad. P.D. (Disposición adicional tercera de la Orden de 13.12.2023). Begoña Abeijón Fernández, directora general de Personas con Discapacidad.
ANEXO
Presupuesto por entidad y servicio concertado
|
Expediente |
Entidad |
Servicio concierto |
Total plazas |
IVA |
Presupuesto 2026 |
Presupuesto 2027 |
Presupuesto 2028 |
Total presupuestario |
|
BS632D-1/2023 |
Asociación Aixiña |
Servicio de atención diurna terapéutica |
10 |
4 % |
3.102,02 € |
3.102,02 € |
517,01 € |
6.721,05 € |
|
Total |
10 |
3.102,02 € |
3.102,02 € |
517,01 € |
6.721,05 € |
|||
|
BS632D-2/2023 |
Asociación de Padres de Personas con Parálisis Cerebral (Aspace) |
Servicio de atención diurna terapéutica |
46 |
Exento |
13.720,46 € |
13.720,46 € |
2.286,74 € |
29.727,66 € |
|
Servicio de atención residencial terapéutica-Internado 365 días |
50 |
35.386,38 € |
35.386,38 € |
5.897,73 € |
76.670,49 € |
|||
|
Total |
96 |
49.106,84 € |
49.106,84 € |
8.184,47 € |
106.398,15 € |
|||
|
BS632D-3/2023 |
Asociación de Atención a la Parálisis Cerebral y Afines (Amencer-Aspace) |
Servicio de atención diurna terapéutica |
42 |
Exento |
12.527,38 € |
12.527,38 € |
2.087,90 € |
27.142,66 € |
|
Servicio de atención diurna terapéutica de media estadía |
2 |
293,57 € |
293,57 € |
48,93 € |
636,07 € |
|||
|
Total |
44 |
12.820,95 € |
12.820,95 € |
2.136,83 € |
27.778,73 € |
|||
|
BS632D-4/2023 |
Asociación de Familiares de Persoas con Parálise Cerebral (Apamp) |
Servicio de atención diurna terapéutica |
41 |
Exento |
12.229,10 € |
12.229,10 € |
2.038,18 € |
26.496,38 € |
|
Servicio de atención diurna ocupacional |
9 |
1.618,93 € |
1.618,93 € |
269,83 € |
3.507,69 € |
|||
|
Servicio de atención residencial terapéutica-Internado 365 días |
46 |
32.555,48 € |
32.555,48 € |
5.425,92 € |
70.536,88 € |
|||
|
Servicio de atención residencial terapéutica-Respiro 130 días |
2 |
746,46 € |
746,46 € |
114,84 € |
1.607,76 € |
|||
|
Total |
98 |
47.149,97 € |
47.149,97 € |
7.848,77 € |
102.148,71 € |
|||
|
BS632D-5/2023 |
Cruz Roja Española |
Servicio de atención diurna terapéutica |
10 |
Exento |
2.982,71 € |
2.982,71 € |
497,12 € |
6.462,54 € |
|
Servicio de atención residencial terapéutica-Internado 365 días |
35 |
24.770,46 € |
24.770,46 € |
4.128,41 € |
53.669,33 € |
|||
|
Servicio de atención residencial terapéutica-Respiro 104 días |
1 |
298,58 € |
298,58 € |
45,94 € |
643,10 € |
|||
|
Total |
46 |
28.051,75 € |
28.051,75 € |
4.671,47 € |
60.774,97 € |
|||
|
Total presupuesto de la convocatoria BS632D |
294 |
140.231,53 € |
140.231,53 € |
23.358,55 € |
303.821,61 € |
|||
