Por medio del Decreto 2026-0891, de la Alcaldía, se aprobó la oferta de empleo público del año 2026 del Ayuntamiento de Ribadeo, el día 10 de junio de 2026, con el siguiente detalle:
Oferta de empleo público 2026.
Plazas que se incluyen en la oferta de empleo público de 2026.
Personal funcionario: Administración especial.
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Código RPT |
Nº de plazas |
Denominación |
Escala |
Subescala |
Clase |
Grupo Sistema provisión |
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0302/U* |
1 |
Aparejador/arquitecto técnico* |
Admón. especial |
Subescala técnica |
Técnico medio |
A2 Oposición |
*Baja producida en el primer semestre de 2026, descuenta de la tasa de reposición de 2027.
Personal funcionario: Policía Local y Servicio de Extinción de Incendios.
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Código RPT |
Nº de plazas |
Denominación |
Escala |
Subescala |
Clase |
Grupo Sistema provisión |
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0201/U |
1 |
Inspector jefe Policía Local |
Admón. especial |
Subescala ejecutiva |
Policía local |
A2 Movilidade |
Personal laboral.
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Código RPT |
Dotación |
Denominación |
Grupo/nivel equiparación funcionarios |
Clase/escala |
Sistema provisión |
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1022/2 |
1 |
Oficial obras |
C2 |
Departamento de Obras |
Ordinario |
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0407/U |
1 |
Abogada CIM |
A1 |
Servicios Sociales |
Ordinario |
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1031/U |
1 |
Conductor pala |
C2 |
Departamento de Obras |
Ordinario |
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1021/1* |
1 |
Oficial encargado obras* |
C2 |
Departamento de Obras |
Ordinario |
*Baja producida en el primer semestre de 2026, descuenta de la tasa de reposición de 2027.
De conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la vigente Ley de presupuestos, el plazo máximo para la convocatoria de las plazas será de tres años a contar desde la fecha de publicación de la oferta de empleo. Este plazo incluye la convocatoria y resolución de los procesos selectivos derivados de la misma de conformidad con la STS 3549/2025 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2025, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa contados a partir del día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. En el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta.
Ribadeo, 10 de junio de 2026
Daniel Vega Pérez
Alcalde
