Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de las instalaciones eléctricas que se describen a continuación, tal y como se recogen en el proyecto firmado el día 10.4.2026 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2.233 del Coeticor, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Dirección: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Denominación: Reglamentación LMTA VII807 en el tramo entre los apoyos núm. 84-70-6 y núm. 84-70-7-CT.
Situación: lugar de A Trabe, ayuntamiento de Vilardevós.
Presupuesto: 24.475,14 €.
Características técnicas:
– Desmontaje del tramo de LMTA entre el apoyo núm. 84-70-6 y el CT Atrave-32AH86 a la intemperie existente. Instalación de un nuevo apoyo núm. 84-70-7-CT de celosía metálica, del tipo C-12/2000, en el que se instala un nuevo transformador a la intemperie de 160 kVA y R/T:20.000/400 V. Instalación de 47 m de nuevo conductor LA-56 entre el apoyo existente núm. 84-70-6 y el nuevo apoyo núm. 84-70-7-CT.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 22 de julio de 2026
Jorge Pumar Tesouro
Director territorial de Ourense
