DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Jueves, 27 de agosto de 2026 Pág. 46785

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

ORDEN de 21 de agosto de 2026 por la que se publica la ampliación del crédito de la Orden de 21 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT215C).

El 5 de mayo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 21 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT215C).

En el artículo 4 de dicha orden se prevé un crédito de ochenta mil euros (80.000 €) para la financiación de estas ayudas, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.03 432-B 770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026.

En el artículo 2.4 de las citadas bases se establece que las subvenciones objeto de la mencionada orden podrán ser objeto de ampliación de crédito presupuestario en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Dado que el importe inicial establecido en la Orden de 21 de abril de 2026 no es suficiente para el pago de todas las solicitudes y que actualmente en la aplicación presupuestaria correspondiente existe crédito disponible, se ha de ampliar el importe del crédito destinado a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la referida orden, con la finalidad de conceder la subvención al mayor número de beneficiarios posibles.

Según se establece en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, en estos casos el órgano competente para la concesión deberá publicar la ampliación de crédito en los mismos medios en que haya publicado la convocatoria, sin que esta publicación implique una apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

De acuerdo con lo anterior, una vez declarada la disponibilidad de crédito; vistos la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento; y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.

Ampliar el importe total del crédito de las ayudas establecidas en la Orden de 21 de abril de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las galerías de arte para la participación en ferias y mercados de arte fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento CT215C), por un importe de 52.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 3.03 432-B 770.0, proyecto 2015 00374. Una vez efectuada esta ampliación, el importe total de estas ayudas asciende a ciento treinta y dos mil euros (132.000 €).

Esta modificación no da lugar a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de agosto de 2026

El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
P.D. (Orden de 28.6.2024; DOG núm. 130, de 5 de julio)
Elvira María Casal García
Secretaria general técnica de la Consellería
de Cultura, Lengua y Juventud