BDNS (Identif.): 926016.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/926016
Primero. Personas beneficiarias
Podrán solicitar la participación en la obtención de los premios en las especialidades del programa Xuventude Crea 2026 las personas no profesionales –se exceptúa este requisito para la especialidad de teatro, modalidad pro, en los términos establecidos en el capítulo II para esta especialidad–, y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener una edad comprendida entre los 16 y los 30 años cumplidos en el año 2026, excepto lo establecido en el capítulo II para cada especialidad.
a) Poseer nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o ser persona extranjera residente en España en el momento de presentación de la solicitud, y desarrollar la actividad artística en alguna de las modalidades objeto de estos premios mayoritariamente en la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) O ser descendiente de persona emigrante gallega hasta el tercer grado o tener residencia habitual en el extranjero, pero vinculada con cualquier ayuntamiento gallego en el padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE).
Se entiende por profesional aquella persona que mantiene una relación contractual permanente u ocasional con alguna empresa vinculada a la especialidad concreta en la que solicita participar llevando a cabo trabajos directamente relacionados con ella, o que está dada de alta como autónoma en una actividad que tenga una relación directa con la citada especialidad.
Salvo en el caso de las especialidades de cocina, creación de videojuegos, danza moderna, DJ (disc-jockey), música, teatro y videocreación, la participación será siempre a título individual.
Aquellas personas que hayan ganado el primer premio de una especialidad de las convocadas en la edición del año anterior, no podrán participar en la misma especialidad en esta convocatoria.
Segundo. Objeto
El objeto es establecer las bases que rigen la concesión de los premios del programa Xuventude Crea y proceder a su convocatoria para el año 2026.
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Orden de 14 de agosto de 2026 por la que se establecen las bases que rigen los premios del programa Xuventude Crea y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento BS310Q).
Cuarto. Importe
Se destina un crédito de 87.900,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.313A.480.10.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. Otros datos
a) Artes plásticas, con las modalidades de pintura y escultura.
b) Arte urbano.
c) Cómic.
d) Cocina.
e) Creación de videojuegos.
f) Danza moderna.
g) Diseño de joyas.
h) DJ (disc-jockey).
i) Fotografía.
j) Moda.
k) Música.
l) Novela corta.
m) Poesía.
n) Teatro, con las modalidades de aficionado y pro.
ñ) Videocreación.
Premios para cada una de las especialidades:
Un primer premio de 2.000 €.
Un segundo premio de 1.500 €.
Un tercer premio de 1.000 €.
Un premio especial de 1.000 € para la modalidad de música clásica de la especialidad de música.
Se podrán otorgar menciones de honor, que carecerán de dotación económica, en las diferentes especialidades, a aquellas obras que consigan llegar a la fase final en relación con las especialidades que establezcan dicha fase a la que acceden las personas concursantes finalistas seleccionadas y que, con la evaluación de la Comisión de Selección, alcancen la suficiente calidad.
Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2026
El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud
P.D. (Orden de 28.6.2024; DOG núm. 130, de 5 de julio)
Elvira Mª Casal García
Secretaria general técnica de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
