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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140-Bis Viernes, 23 de julio de 2021 Pág. 37881

I. Disposiciones generales

Consellería de Sanidad

CORRECCIÓN DE ERRORES. Orden de 22 de julio de 2021 por la que se prorroga y se modifica la Orden de 25 de junio de 2021, por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia, y se modifica la Orden de 1 de julio de 2021 por la que se aprueba el Protocolo para la reactivación del ocio nocturno en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Advertidos errores en el Diario Oficial de Galicia número 139-bis, del jueves 22 de julio de 2021, es necesario realizar las siguientes correcciones:

En la página 37625, donde dice:

«j) El acceso al interior de los locales requerirá de la presentación de un certificado emitido por el servicio público de salud o, en el caso del ordinal 2º, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:»

debe decir:

«j) El acceso a los locales requerirá de la presentación de un certificado emitido por el servicio público de salud o, en el caso del ordinal 2º, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:».

En la página 37626, donde dice:

«El acceso al interior de los establecimientos de ocio nocturno en estos ayuntamientos requerirá de la presentación de un certificado emitido por el servicio público de salud o, en el caso del ordinal 2º, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:»

debe decir:

«El acceso a los establecimientos de ocio nocturno en estos ayuntamientos requerirá de la presentación de un certificado emitido por el servicio público de salud o, en el caso del ordinal 2º, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:».