Sanidade les ofrece a los centros universitarios convenios para la realización de prácticas de los estudios de grado o máster
El objetivo es fomentar la cooperación con las universidades para conseguir profesionales con una adecuada visión de las necesidades reales a las que deberán dar respuesta en su desempeño profesional futuro
El procedimiento establecido en el convenio ahonda en la garantía de derechos de la ciudadanía y en la transparencia y equidad de las acciones de la Consellería de Sanidade
El departamento sanitario gallego recibe múltiples solicitudes de universidades de fuera de Galicia, demandando colaboración que posibilite a sus alumnos estancias formativas prácticas en centros dependientes de Sanidade
En el 2024, Sanidad aprobó 540 prácticas de universidades de fuera de Galicia
Santiago de Compostela, 2 de enero de 2025
El Diario Oficial de Galicia acaba de publicar recientemente el modelo normalizado de convenio de cooperación educativa entre el departamento sanitario de la Xunta y los centros universitarios, para la realización de prácticas externas de los estudios oficiales de grado y/o máster en centros asistenciales y unidades administrativas del Servizo Galego de Saúde y de la Consellería de Sanidade.
El objetivo es establecer y fomentar relaciones de cooperación con las universidades para conseguir profesionales con una adecuada visión de las necesidades reales a las que deberán dar respuesta en su desempeño profesional futuro, a través de las vías efectivas y eficientes de cooperación educativa con los centros universitarios.
A lo largo del año a Consellería de Sanidade recibe múltiples solicitudes procedentes de diferentes centros universitarios de fuera de Galicia, demandando colaboración que posibilite a sus alumnos a realización de estancias formativas de carácter práctico en centros asistenciales del sistema sanitario público de Galicia o en unidades administrativas de la Consellería.
En concreto, en el año 2024, Sanidad aprobó 540 prácticas de universidades de fuera de Galicia.
En el caso de estudiantes de los centros del sistema universitario gallego, los conciertos firmados con las respectivas universidades por la Consellería de Sanidade establecen el marco para el desarrollo de esta formación de carácter práctico.
Con todo, se considera necesario establecer un procedimiento ágil para poder atender las solicitudes hechas desde otras universidades y que dé cobertura legal, académica y garantice otros aspectos de calidad asistencial y docente derivados de la realización de los programas de prácticas.
El procedimiento establecido en el convenio publicado ahonda en la garantía de derechos de la ciudadanía y en la transparencia y equidad de las acciones llevadas a cabo por la Consellería de Sanidade.
Condiciones de cooperación
El objeto del convenio es establecer la forma y las condiciones de la cooperación educativa para la adecuada planificación, desarrollo y evaluación del programa de prácticas externas a través del cual el alumnado de la universidad adherida pueda complementar su formación teórica con formación práctica en centros asistenciales o en unidades administrativas del departamento sanitario gallego.
Esta formación práctica tendrá como objetivo el conocimiento por parte del alumnado de la metodología y técnicas del campo de la titulación correspondiente, a través del aprovechamiento de la experiencia de la Consellería de Sanidade y del Servizo Galego de Saúde en áreas operativas relacionadas con su formación universitaria, promoviendo el desarrollo profesional y el acceso al mercado laboral de los futuros titulados.
Las solicitudes de adhesión a este convenio de cooperación educativa procedentes de los centros universitarios deberán ser presentadas a la Agencia Gallega de Conocimiento en Salud (ACIS), con una antelación mínima de dos meses a la fecha de inicio de dicha estancia práctica.
La selección del alumnado que vaya a realizar las prácticas externas en el marco del convenio corresponderá a la universidad y deberá respetar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.
La universidad deberá comunicar a la Consellería de Sanidade, a través de la ACIS, los estudiantes propuestos para la realización de las prácticas objeto del convenio, junto con la referencia a la titulación cuyos estudios están cursando y los contenidos y objetivos de la formación práctica para cada uno de ellos, con una antelación mínima de dos meses al inicio de la actividad que se solicita.
La selección de los centros asistenciales o unidades administrativas para la realización de prácticas y el establecimiento del número definitivo de alumnos aceptados corresponderá a la Consellería de Sanidade y al Servizo Galego de Saúde, una vez consultados los correspondientes centros y dispositivos asistenciales y unidades administrativas.
En los centros asistenciales y unidades administrativas donde se lleve a cabo la formación práctica se designará un tutor con vinculación al centro o unidad, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para una tutorización efectiva, bajo cuya supervisión realizará las prácticas cada estudiante, y que velará por su formación y por el cumplimiento del plan específico fijado por el centro o unidad.
Los tutores de las prácticas se comprometen a orientar y asesorar individualmente a cada estudiante, de manera que se facilite su aprendizaje en ese contexto específico a través de diversas actividades y a facilitar al alumnado los datos y las ayudas necesarias para el conocimiento de la realidad a la que se incorporan, de manera que puedan participar en los proyectos de trabajo que se están llevando adelante.