Galicia y otras 13 comunidades defienden ante la Unión Europea el rigor técnico de su gestión del lobo y denuncian la actitud arbitraria del Gobierno central

Cuestionan que se abra trámite de información pública para el lobo, pero que se dé por válido el trabajo autonómico sobre otras especies, que se hizo con el mismo procedimiento, con los mismos participantes y con los mismos criterios

Exponen que el Gobierno central tampoco respetó en este caso el procedimiento de comunicación y diálogo para la validación formal de los archivos remitidos, a lo que sí se recurrió en los informes de otras especies

Solicitan información sobre unas recientes declaraciones del secretario de Estado de Medio Ambiente, en las que indicaba que ya había entregado los datos del lobo a la Comisión Europea, documentación que no fue trasladada a las comunidades

Santiago de Compostela, 29 de mayo de 2026

Galicia, once comunidades autónomas -Andalucía, Cantabria, La Rioja, Región de Murcia, la Comunidad Valenciana, Aragón, Canarias, Extremadura, Islas Baleares, Madrid y Castilla y León- y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla vienen de enviar una carta a la comisaria europea de Medio Ambiente, Resiliencia Hídrica y Economía Circular Competitiva, Jessika Roswall, en la que defienden el rigor técnico de su gestión del lobo y denuncian la actitud arbitraria del Gobierno central en esta materia, que pretende declarar el estado de conservación de esta especie como desfavorable cuando los datos científicos indican que es favorable.

En concreto, en la carta, la conselleira de Medio Ambiente e Cambio Climático, Ángeles Vázquez, y sus homólogos autonómicos informan a la responsable europea de que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico abrió un trámite no previsto reglamentariamente -un procedimiento de información pública- que "parece pretender convencer a la opinión pública de que las comunidades no fuimos capaces de aportar con rigor todos los datos y la información necesarios para elaborar correctamente el informe de evaluación de una única especie, el lobo ibérico".

De hecho, en la documentación de ese procedimiento se incluyen expresiones como "valoraciones unilaterales" y "carentes de validación científica alguna" que sugieren que la información recopilada por las comunidades no es fiable, que sus sistemas de seguimiento carecen de rigor y, además, suponen un cuestionamento implícito de la solvencia técnica de todo el personal de esas administraciones.

En ese sentido, resulta contradictorio que este nuevo trámite solo se considere preciso para la documentación del lobo, y no se ponga en cuestión, en ningún momento, el trabajo realizado para otras especies, que se hizo con el mismo procedimiento, con los mismos participantes y con los mismos criterios. Los datos que se trasladaron "tienen base tanto en la literatura científica como en la realidad de los datos del territorio", indican las comunidades en su carta a la comisaria europea.

Además, las comunidades también exponen que el Gobierno central tampoco respetó en el caso del lobo el procedimiento de comunicación y diálogo para la validación formal de los archivos remitidos. Por el contrario, sí hubo solicitudes de revisión por parte del Ministerio de cuestiones formales en los informes de otras especies, que fueron solucionadas en tiempo y forma. Y, en este sentido, tampoco convocó la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en la que se debería debatir este tema.

La mayores, en el que alcanza a los criterios empleados en el análisis, las comunidades autónomas denuncian que el Ejecutivo central alude la supuestas pautas establecidas por la autoridades comunitarias que, o bien son falsas o bien siembran dudas sobre una supuesta inconsistencia de los datos autonómicos.

Es el caso, por ejemplo, del supuesto deber de alcanzar las 500 manadas en una región biogeográfica para que el estado de conservación del lobo pueda ser considerado como favorable. Se trata de un criterio que nunca fue establecido como tal por la Comisión y, de hecho, hay países que, con muchos menos ejemplares de los censados por las comunidades españolas, declararon el estado de conservación de esta especie como favorable sin que Bruselas había puesto reparos a la validación del respectivo informe sexenal.

También ponen de manifiesto las "interpretaciones subjetivas" que el Ministerio hace sobre la jurisprudencia del Tribunal Superior de Xustiza de la Unión Europea (TJUE). En este sentido, hace falta recordar que ni el TJUE ni la Comisión Europea prohíben de manera absoluta el control cinegético total, pero sí excluyen expresamente las extracciones carentes de una justificación rigurosa y científicamente fundamentada.

Por otra parte, los representantes autonómicos también solicitan información a la comisaria europea sobre unas recientes declaraciones del secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, en la que indicaba que ya había entregado "él mismo" los datos del lobo a la Comisión Europea, documentación que no fue trasladada a las comunidades. Y, de hecho, la propia comisaria europea de Medio Ambiente, Resiliencia Hídrica y Economía Circular Competitiva comunicó el pasado mes de abril que aún estaba a la espera de la remisión por España del informe *sexenal y que por ese *retraso se inició la apertura de un procedimiento de infracción.

Carta de la Xunta al Ministerio para la Transición Ecológica

La mayores, la Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático también envió una carta al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la que traslada sus argumentos y consideraciones sobre el informe sometido la información pública, que coinciden con los expresados en la comunicación remitida a la Comisión Europea.

En esta carta, además de poner en valor el trabajo riguroso y científico de los técnicos autonómicos, cuestiona el proceder del Gobierno central en esta cuestión y defiende que el Plan de gestión del lobo en Galicia fue concebido precisamente para compatibilizar la protección estricta de la especie con la mitigación de daños recurrentes al ganado. Se trata, por lo tanto, de un modelo plenamente alineado con la Directiva Hábitats y con la jurisprudencia actualmente vigente, dado que limita las actuaciones de control a supuestos excepcionales, individualizados y condicionados al agotamiento previo de las medidas preventivas disponibles.

Fecha de actualización: 29/05/2026