Plan de inspección en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026
de acuerdo con el título I del libro primero del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial, y en el Decreto 219/2008, de 25 de septiembre, sobre inspección de industria en la Comunidad Autónoma de Galicia se aprueba el objeto, contenido y ámbito de actuación que fundamentan el plan de inspección en materia de seguridad industrial para el año 2026.
El objetivo es la comprobación de la adecuación de la puesta en funcionamiento y las condiciones de servicio de los establecimientos, instalaciones, actividades y productos respeto de los reglamentos de seguridad y de la normativa que les sean aplicables.
El Plan está compuesto por cinco programas:
- Instalaciones sometidas a reglamentos de seguridad industrial que abarca los sectores: Instalaciones eléctricas de baja tensión, Alta tensión y centros de transformación particulares, Ascensores, Instalaciones de distribución al por menor de productos petrolíferos líquidos: suministro a vehículos, Instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos para el suministro de combustible a vehículos propios, Instalaciones térmicas en los edificios, Instalaciones de almacenamiento de productos químicos, Instalaciones de seguridad contra incendios en establecimientos industriales con nivel de riesgo intrínseco bajo, Instalaciones con equipos la presión, Grúas Torre.
- Empresas instaladoras o mantenedoras en el ámbito de la seguridad industrial.
- Accidentes graves que se refiere a la inspección de los establecimientos industriales afectados por el Real decreto 840/2015, de 21 de septiembre, en su nivel superior e inferior.
- Organismos de control
- Personas técnicas tituladas competentes Las direcciones territoriales de la Consellería de Economía e Industria son las encargadas de la selección de los establecimientos, instalaciones y actividades objeto de inspección considerando criterios de oportunidad y aleatoriedad.
La vigencia del Plan comienza el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el 30 de abril de 2027.
La Consellería de Economía e Industria dará cuenta de los resultados del Plan de inspección y de las conclusión derivadas de su ejecución en el Parlamento de Galicia, por medio de la Comisión de Industria.
Fecha de aprobación del Plan: 08/07/2026