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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 10 de agosto de 2017 Pág. 38583

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 3 de agosto de 2017 por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables en las empresas de producción agrícola primaria, sobre la base de la convocatoria de subvenciones realizada por Resolución de 17 de abril de 2017 de este mismo órgano (Diario Oficial de Galicia núm. 78, de 24 de abril).

Antecedentes:

1. Mediante Resolución de 17 de abril de 2017 se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para proyectos de equipos de aprovechamiento de energías renovables en las empresas de producción agrícola primaria (en adelante, bases reguladoras).

2. Transcurrido el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda, se llevaron a cabo los requerimientos de enmienda de la documentación de aquellas solicitudes que no reunían los requisitos previstos en la convocatoria.

3. Finalizado el período de enmienda, la comisión de valoración como órgano colegiado encargado del análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, realizó el baremo de cada uno de los expedientes atendiendo a los criterios señalados en el artículo 15 de las bases reguladoras.

Consideraciones legales:

1. La gerencia del Instituto Energético de Galicia será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones, y corresponde al director de este organismo dictar las diferentes resoluciones que se deriven de él (artículo 12 de las bases reguladoras).

2. Por Resolución de 3 de agosto de 2017 se amplían el crédito presupuestario recogido en la Resolución de 17 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras, el importe total asignado para estas ayudas tras esta ampliación asciende a 1.110.000,00 euros.

3. Las bases reguladoras prevén en el artículo 14.4 la posibilidad de que se establezca una lista de espera, que contará con los proyectos admitidos que no consiguieron la subvención por el agotamiento del presupuesto disponible.

El órgano gestor podrá acordar activar la lista de espera en el supuesto de que alguna persona beneficiaria renuncie a la subvención concedida o decaiga en el derecho a su percepción, en este caso los créditos liberados se podrán asignar por orden decrecente de puntuación a los proyectos admitidos que no obtuvieran subvención por agotamiento del crédito previsto.

4. En virtud de lo dispuesto en el artículo 16.4 de las bases reguladora, con carácter general no se enviarán notificaciones postales y, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el caso de las resoluciones de concesión de la subvención se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el DOG y en la página web del Inega (www.inega.gal). En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad de las subvenciones otorgadas.

5. En este procedimiento sólo se tienen en cuenta aquellos hechos, alegaciones o pruebas aducidos por los propios interesados.

6. Para determinar y cuantificar la inversión elegible sobre la que aplicar el porcentaje de ayuda correspondiente, de las actuaciones proyectadas por los solicitantes, se tuvo en cuenta lo dispuesto en los artículos 5, 6 y 15 de las bases reguladoras.

Estas ayudas estarán sujetas también a las condiciones que se establecen en el capítulo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (Reglamento general de exención por categorías).

Esta convocatoria se refiere a las que aparecen definidas dentro de la sección 7ª del capítulo III como ayudas a la inversión destinadas a la promoción de energía procedente de fuentes renovables (artículo 41.a) o b) según lo dispuesto en el artículo 5 de las bases reguladoras.

De acuerdo con todo el anterior, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Conceder a los solicitantes que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución las ayudas convocadas, para el ejercicio 2017, por la Resolución de 17 de abril de 2017, del director del Inega, especificándose en el citado anexo la persona o entidad beneficiaria, el proyecto subvencionado, la puntuación que le corresponde, la inversión elegible y la cantidad concedida con cargo a los presupuestos del Inega, siendo que la cuantía total asciende a 1.110.000,00 euros.

El plazo de ejecución de las actividades y/o inversiones finalizará el 30 de septiembre de 2017. No pudiendo iniciarse con anterioridad a la presentación de la solicitud.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 de las bases reguladoras si transcurrieran diez (10) días hábiles desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG sin que los interesados que figuran en el anexo I comunicaran expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que aceptan, y desde ese momento adquirirán la condición de beneficiarios.

Tercero. Con la aceptación de esta ayuda el beneficiario asume las obligaciones señaladas con carácter general en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, en las Bases reguladoras y en particular las siguientes:

– Cuando un beneficiario no pueda ejecutar el proyecto deberá renunciar a la subvención.

– Justificar debidamente los gastos realizados, toda vez que sólo serán subvencionables los gastos realizados con posterioridad a la solicitud de ayuda, y efectivamente pagados antes del final del plazo de ejecución y justificación concedida.

– Para proceder al pago final del expediente, el beneficiario deberá aportar los permisos, inscripciones y/o licencias requeridas por la normativa autonómica o local.

– Someterse a las actuaciones de comprobación efectuadas por el Inega así como a cualquier otra actuación de control que puedan realizar los órganos de control competentes, en concreto la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas.

Cuarto. Establecer en el anexo II una lista de espera en la que figuren los proyectos admitidos que no consiguieron la subvención por el agotamiento del presupuesto disponible.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el presidente de la Agencia Instituto Energético de Galicia, en el plazo de un (1) mes desde el día siguiente al de publicación de esta resolución; también puede interponer cualquier otro recurso que juzgue pertinente a su derecho.

Santiago de Compostela, 3 de agosto de 2017

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO I
Subvenciones concedidas

Código proyecto subvencionado

Persona o entidad beneficiaria

Inversión

eligible (€)

Cantidad concedida (€)

Puntuación

IN421L-167

Avideza, S.C.

63.500,00

44.450,00

95,00

IN421L-165

Avideza, S.C.

63.500,00

44.450,00

95,00

IN421L-107

Esperanza Muñoz Marcos

1.250,00

875,00

90,00

IN421L-108

Avícola Convento, S.C.

13.000,00

9.100,00

90,00

IN421L-189

Ganadería Ponte Boado, S.L.

6.449,00

4.514,30

79,88

IN421L-47

Excorrigal, S.L.

53.130,00

37.191,00

78,10

IN421L-160

Avícola Portela, S.C.

13.550,00

9.485,00

77,64

IN421L-86

Carlos Pereiro Veiga

7.249,00

5.074,30

72,88

IN421L-215

Cebo Barán, S.L.

7.840,00

5.488,00

70,28

IN421L-116

Lorena Cerredelo Martínez

8.402,83

5.881,98

67,25

IN421L-57

Vagalume Energía, S.L.

17.000,00

11.900,00

67,00

IN421L-56

Vagalume Energía, S.L.

24.000,00

16.800,00

67,00

IN421L-55

Vagalume Energía, S.L.

42.000,00

29.400,00

67,00

IN421L-64

Avisuego, S.C.

9.450,00

6.615,00

65,16

IN421L-110

Javier Monsalve Álvarez

6.270,00

4.389,00

65,09

IN421L-182

Transfontao, S.C.

22.500,00

15.750,00

63,00

IN421L-111

José Rodríguez Queizán

13.500,00

9.450,00

63,00

IN421L-185

Lucía García Montero

34.500,00

24.150,00

63,00

IN421L-134

Joaquín Díaz Gómez

15.000,00

10.500,00

63,00

IN421L-193

María Luisa Vázquez Gavieiro

15.000,00

10.500,00

63,00

IN421L-178

Marcos Vázquez Marey

4.500,00

3.150,00

63,00

IN421L-73

María Reboiras Baleirón

9.000,00

6.300,00

63,00

IN421L-207

Explotacións Agrogandeiras da Veiga, S.C.

36.900,00

25.830,00

63,00

IN421L-200

Ganadería Parga

13.500,00

9.450,00

60,38

IN421L-45

Pollos San Antolín Entidad de Tc

67.000,00

46.900,00

60,00

IN421L-104

Miguel Ángel Cela Núñez

7.500,00

5.250,00

58,98

IN421L-112

Hermanos Arias Vila de Cruces, S.L.

6.300,00

4.410,00

58,82

IN421L-137

Máximo Lema Pose

12.580,00

8.806,00

58,65

IN421L-94

Mª Carmen Mazaira Bardelás

11.750,00

8.225,00

58,51

IN421L-126

Finca Bouzón, S.C.

9.000,00

6.300,00

56,53

IN421L-20

Lois Gómez Rogelio y J. Manuel, S.C.

85.320,40

50.000,00

55,97

IN421L-187

Mato, S.C.

21.000,00

14.700,00

55,88

IN421L-85

Félix, S.C.

9.000,00

6.300,00

54,59

IN421L-135

Cas de Pedro, S.C.

34.965,00

24.475,50

54,21

IN421L-161

José Manuel Seijas Vázquez

21.000,00

14.700,00

54,00

IN421L-233

Ganadería Carreiras, S.C.

13.549,40

9.484,58

53,69

IN421L-31

Tendeiro, S.C.

20.160,00

14.112,00

53,41

IN421L-158

SAT Otero Novo 1170 Xuga

18.750,00

13.125,00

53,34

IN421L-196

Mercedes Veiga Freire

22.500,00

15.750,00

53,24

IN421L-152

Ganadería Ferro, S.C.

27.750,00

19.425,00

53,12

IN421L-220

Alicia Lebón Préstamo

7.500,00

5.250,00

53,00

IN421L-217

Ganadería Pérez, S.C.

7.500,00

5.250,00

53,00

IN421L-77

Camilo López López

18.750,00

13.125,00

53,00

IN421L-156

Ganadería Mejuto, S.C.

24.000,00

16.800,00

52,74

IN421L-25

Sdad. Coop. Galega Val de Muíños

39.000,00

27.300,00

52,60

IN421L-209

Rosa María González Pérez

13.500,00

9.450,00

52,40

IN421L-211

Galiprado, S.C.

13.500,00

9.450,00

52,22

IN421L-99

Paca, S.C.

19.500,00

13.650,00

52,00

IN421L-90

Sánchez Fariñas, S.L.

7.875,00

5.512,50

51,79

IN421L-195

Manuel Ángel Curras Oliveira

5.359,50

3.751,65

51,43

IN421L-170

Val Silva, S.C.

19.500,00

13.650,00

51,36

IN421L-106

Casa Roxo, S.C.

18.750,00

13.125,00

51,26

IN421L-117

O Recuncho SAT nº 1416 Xuga

17.010,00

11.907,00

51,11

IN421L-199

Ganadería Baltar, S.C.

13.500,00

9.450,00

50,74

IN421L-219

Explotación A Fieiteira, S.L.

9.000,00

6.300,00

50,60

IN421L-28

Explotación Campera Huevos de Oro, S.L.

6.930,00

4.851,00

50,56

IN421L-204

Poupariña SAT nº 1195 Xuga

13.500,00

9.450,00

50,38

IN421L-100

Casamaro SAT.

14.805,00

10.363,50

50,18

IN421L-105

Xestoselo, S.C.

19.500,00

13.650,00

50,00

IN421L-136

Cas de Pedro, S.C.

25.000,00

17.500,00

49,85

IN421L-123

Sdad. Agraria de Transf. Castiñeiro

34.500,00

24.150,00

49,84

IN421L-181

SAT Ladeira

23.939,95

16.757,97

49,60

IN421L-30

SAT La Sobreira nº 1062 Xuga

6.930,00

4.851,00

49,33

IN421L-81

Opazo y Fernández, S.C.

29.925,00

20.947,50

48,93

IN421L-169

Cunicola do Foxo, S.L.U.

15.000,00

10.500,00

48,08

IN421L-6

Avipor Silleda, S.L.

20.160,00

14.112,00

48,07

IN421L-128

Granxa Arean SAT

9.450,00

6.615,00

47,94

IN421L-141

José Higinio Río Ramos

13.500,00

9.450,00

47,84

IN421L-144

Carlos Castro López

13.500,00

9.450,00

47,65

IN421L-151

Manuel Castro Freire

6.000,00

4.200,00

47,48

IN421L-109

SAT Zarralleiro

5.508,00

3.855,60

47,07

IN421L-29

SAT La Sobreira nº 1062 Xuga

13.860,00

9.702,00

46,83

IN421L-188

SAT Cabana Xuga 1071

60.000,00

42.000,00

46,38

IN421L-91

Cebo Barán, S.L.

17.625,00

12.337,50

45,93

IN421L-115

SAT Vilar Alaxe Xuga 928

60.000,00

42.000,00

45,61

IN421L-132

Manuel Costas Pombal

7.500,00

5.250,00

45,56

IN421L-43

SAT Varela Xuga 992

45.000,00

31.500,00

45,37

IN421L-84

Miguel Botana Lodeiro

1.350,00

945,00

45,36

IN421L-229

Granxa Vidueira, S.C.

9.450,00

6.615,00

45,09

ANEXO II
Lista de espera

Código proyecto subvencionado

Persona o entidad beneficiaria

Inversión

elegible (€)

Cantidad

validada (€)

Puntuación

IN421L-149

Ganadeza, S.L.

57.000,00

39.900,00

44,54

IN421L-95

María Milagros Mao González

5.508,00

3.855,60

43,89

IN421L-39

Miguel Botana Lodeiro

9.400,00

6.580,00

43,86

IN421L-228

Teixo Galego, S.L.

14.275,64

9.992,95

43,41

IN421L-119

Devesa Langueirón, S.L.

73.820,00

50.000,00

42,20

IN421L-147

Paz García Abelairas

22.500,00

15.750,00

41,96

IN421L-78

Óscar López Sánchez

19.500,00

13.650,00

41,20

IN421L-230

Comercial Germán

50.000,00

35.000,00

40,56

IN421L-172

Sampaio SAT 1140 Xuga

19.500,00

13.650,00

39,60

IN421L-72

Lorena Cerredelo Martínez

11.796,97

8.257,88

39,01

IN421L-58

José Juan Rodríguez Cubreiro

7.933,71

5.553,60

38,86

IN421L-150

Santiago Souto Fernández

7.500,00

5.250,00

37,80

IN421L-153

SAT Lavandeira 950 Xuga

14.849,00

10.394,30

37,79

IN421L-133

SAT Revolta nº 1421 Xuga

42.012,00

29.408,40

37,20

IN421L-174

Ganadería Puluan, S.C.

9.300,00

6.510,00

36,62

IN421L-163

María del Carmen Pardellas Cuíña

15.000,00

10.500,00

36,00

IN421L-145

Miguel Ángel Díaz Parada

6.272,00

4.390,40

30,71

IN421L-162

Sara Corral Canle

19.500,00

13.650,00

30,22

IN421L-96

Álvarez y Vázquez, S.C.

15.000,00

10.500,00

28,82

IN421L-102

José Manuel Castro Núñez

18.750,00

13.125,00

25,52

IN421L-166

Hifas da Terra, S.L.

29.804,83

20.863,38

18,89