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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Viernes, 29 de septiembre de 2017 Pág. 44527

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 27 de septiembre de 2017 por la que se modifica la Orden de 12 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actuaciones de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional).

La Orden de 12 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actuaciones de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional), establece el régimen de concesión de ayudas a las dichas entidades de iniciativa social que, de conformidad con la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia, llevan a cabo a atención a las personas en los centros de inclusión y emergencia social y desarrollan programas y/o prestan servicios en el área de actuación de los servicios sociales comunitarios, de inclusión y, específicamente, de la inclusión social y laboral de la población inmigrante.

En su artículo 19 referido al pago de las subvenciones, establece la posibilidad de realizar anticipos de pagos en relación a las actuaciones comprendidas en el artículo 4.1.b).2 y 4.1.b).3 y que tengan que justificarse en 2017. En su apartado segundo determina el plazo de solicitud antes de 30 de septiembre de 2017.

Los plazos estimados para resolver esta convocatoria de subvenciones hacen necesaria una ampliación del plazo para solicitar anticipos. Por tal motivo resulta necesario realizar una modificación de la Orden de 12 de mayo.

Por ello, en el ejercicio de las facultades que tengo conferidas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y en aplicación de las competencias atribuidas en el Decreto 176/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 12 de mayo de 2017 por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social para la promoción de actuaciones de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018 (cofinanciada parcialmente por el Fondo Social Europeo y por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional)

El apartado 2 del artículo 19 queda redactado del siguiente modo:

«2. No se podrán realizar pagos anticipados para las actuaciones incluidas en el artículo 4.1.a), 4.1.b).1 y 4.1.c).

Cualquiera de los anticipos deberá ser solicitado, necesariamente, antes de 20 de octubre de 2017».

Disposición última. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2017

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social